Resolución Directoral N.° 239-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0.
3 de diciembre de 2024
Artículo 1.- Declarar procedente la solicitud de beneficio de defensa y asesoría legal formulada por la señora Elvira Lizeth Esquiche Becerra, ex Responsable de la Unidad de Proyectos del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, durante todo el proceso y hasta su culminación definitiva, en la demanda por responsabilidad contractual por daños y perjuicios presuntamente generados al Estado, ante el 11º Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima con Expediente Nº 14104-2023-0-1801-JR-LA-11.
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Administración adopte las acciones pertinentes para la contratación y ejecución de los gastos respectivos, en virtud de la defensa legal concedida en el artículo que antecede, conforme al marco de sus competencias, la normatividad de la materia y a los fundamentos expuestos en los considerados de la presente Resolución.
Artículo 3.- De conformidad con el Informe Técnico N° 684-2018- SERVIR/GPGSC de fecha 03 de mayo de 2018, emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil, la emisión de la presente Resolución no implica la aprobación de la propuesta económica de los servicios de defensa presentada por el solicitante, la cual estará sujeta a la disponibilidad presupuestal de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Administración realice la notificación de la presente Resolución a la señora Elvira Lizeth Esquiche Becerra.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración difunda los alcances de la presente Resolución en la sede digital del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Administración adopte las acciones pertinentes para la contratación y ejecución de los gastos respectivos, en virtud de la defensa legal concedida en el artículo que antecede, conforme al marco de sus competencias, la normatividad de la materia y a los fundamentos expuestos en los considerados de la presente Resolución.
Artículo 3.- De conformidad con el Informe Técnico N° 684-2018- SERVIR/GPGSC de fecha 03 de mayo de 2018, emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil, la emisión de la presente Resolución no implica la aprobación de la propuesta económica de los servicios de defensa presentada por el solicitante, la cual estará sujeta a la disponibilidad presupuestal de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Administración realice la notificación de la presente Resolución a la señora Elvira Lizeth Esquiche Becerra.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración difunda los alcances de la presente Resolución en la sede digital del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.