Resolución Directoral N.° 233-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
19 de noviembre de 2024
Artículo 1.- Declarar procedente la solicitud de beneficio de defensa y asesoría legal formulada por el señor José Miguel Kobashikawa Maekawa, ex Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, durante la primera comparecencia a la investigación preliminar, hasta la emisión de la disposición de no ha lugar a formalizar la investigación preliminar a cargo de Fiscal Penal o, en su defecto, la resolución judicial que declara procedente el sobreseimiento del proceso penal y el archivamiento definitivo de la causa, en la investigación penal de la Carpeta Fiscal N° 2506015200-2024-97-0, por hechos que se habrían desarrollado durante el ejercicio de sus funciones.
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Administración adopte las acciones pertinentes para la contratación y ejecución de los gastos respectivos, en virtud de la defensa legal concedida en el artículo que antecede, conforme al marco de sus competencias, la normatividad de la materia y a los fundamentos expuestos en los considerados de la presente Resolución.
Artículo 3.- De conformidad con el Informe Técnico N° 684-2018- SERVIR/GPGSC de fecha 03 de mayo de 2018, emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil, la emisión de la presente Resolución no implica la aprobación de la propuesta económica de los servicios de defensa presentada por el solicitante, la cual estará sujeta a la disponibilidad presupuestal de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Administración realice la notificación de la presente Resolución al señor José Miguel Kobashikawa Maekawa.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración difunda los alcances de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Administración adopte las acciones pertinentes para la contratación y ejecución de los gastos respectivos, en virtud de la defensa legal concedida en el artículo que antecede, conforme al marco de sus competencias, la normatividad de la materia y a los fundamentos expuestos en los considerados de la presente Resolución.
Artículo 3.- De conformidad con el Informe Técnico N° 684-2018- SERVIR/GPGSC de fecha 03 de mayo de 2018, emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil, la emisión de la presente Resolución no implica la aprobación de la propuesta económica de los servicios de defensa presentada por el solicitante, la cual estará sujeta a la disponibilidad presupuestal de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Administración realice la notificación de la presente Resolución al señor José Miguel Kobashikawa Maekawa.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración difunda los alcances de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.