Resolución Directoral N.° 203-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
19 de setiembre de 2024
Artículo 1.- Aprobar el Proceso para la contratación de la «Estandarización de suministros para los equipos de impresión e imagen pertenecientes al PNSU», por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- La presente estandarización tendrá una vigencia de tres (3) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, la cual quedará sin efecto en caso varíen las condiciones que determinaron su aprobación. Durante el periodo de vigencia de la estandarización a que se refiere el Artículo 1 de la presente Resolución, la Subunidad de Administración Documentaria e Informática deberá verificar si se mantienen las condiciones que determinaron su aprobación, y en caso éstas varíen, deberá informar a la Unidad de Administración.
Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Administración publique la presente Resolución Directoral en la página web de la Entidad al día siguiente de producida su aprobación.
Artículo 4.- Notificar una copia de la presente Resolución Directoral a la Unidad de Administración para que actúe en el marco de sus competencias y proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 3.
Artículo 2.- La presente estandarización tendrá una vigencia de tres (3) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, la cual quedará sin efecto en caso varíen las condiciones que determinaron su aprobación. Durante el periodo de vigencia de la estandarización a que se refiere el Artículo 1 de la presente Resolución, la Subunidad de Administración Documentaria e Informática deberá verificar si se mantienen las condiciones que determinaron su aprobación, y en caso éstas varíen, deberá informar a la Unidad de Administración.
Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Administración publique la presente Resolución Directoral en la página web de la Entidad al día siguiente de producida su aprobación.
Artículo 4.- Notificar una copia de la presente Resolución Directoral a la Unidad de Administración para que actúe en el marco de sus competencias y proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 3.