Resolución Directoral N.° 194-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0.
11 de setiembre de 2024
Artículo 1.- APROBAR administrativamente la actualización del Expediente Técnico del proyecto "Rehabilitación del Sistema de Agua Potable en el centro poblado Pedregal Chico, distrito de Catacaos, provincia de Piura, departamento de Piura” – con CUI N° 2478018, conforme lo señalado en el Memorando N° D00673-2024- VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.5.1, sustentado en el Informe N° D00160-2024- VIVIENDA/PNSU-UP-UFPIRCC y el Informe Técnico N° D00058-2024- VIVIENDA/PNSU-UP-UFPIRCC-LOS, de la Unidad de Proyectos; el Informe N° 00071- 2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 sustentado en el Informe N° 079- 2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2-FRBE de la Unidad de Asesoría Legal.
Artículo 2.- Los servidores que han intervenido en la elaboración, evaluación, revisión y sustentación de los documentos que sustentan la actualización del presupuesto del Expediente Técnico, aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de actualización, emitida por la Unidad Funcional para la Continuidad del PIRCC en Saneamiento de la Unidad de Proyectos.
Artículo 3.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad de la Unidad Funcional para la Continuidad del PIRCC en Saneamiento de la Unidad de Proyectos, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 4.- Notifíquese copia de la presente Resolución Directoral a la Unidad de Administración, al Área de Abastecimiento y Control Patrimonial y a la Unidad Funcional para la Continuidad del PIRCC en Saneamiento de la Unidad de Proyectos, para los fines correspondientes, así como para el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa aplicable, como consecuencia de la aprobación efectuada en la presente.
Artículo 2.- Los servidores que han intervenido en la elaboración, evaluación, revisión y sustentación de los documentos que sustentan la actualización del presupuesto del Expediente Técnico, aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de actualización, emitida por la Unidad Funcional para la Continuidad del PIRCC en Saneamiento de la Unidad de Proyectos.
Artículo 3.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad de la Unidad Funcional para la Continuidad del PIRCC en Saneamiento de la Unidad de Proyectos, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 4.- Notifíquese copia de la presente Resolución Directoral a la Unidad de Administración, al Área de Abastecimiento y Control Patrimonial y a la Unidad Funcional para la Continuidad del PIRCC en Saneamiento de la Unidad de Proyectos, para los fines correspondientes, así como para el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa aplicable, como consecuencia de la aprobación efectuada en la presente.