Resolución Directoral N.° 168-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
16 de agosto de 2024
Artículo 1.- Artículo 1.- Aprobar Administrativamente la modificación del Expediente Técnico del proyecto denominado: “Mejoramiento de la calidad del servicio de abastecimiento de agua potable en las localidades de Sullana, Querecotillo, Salitral y Marcavelica de la provincia de Sullana - Departamento de Piura”, con CUI. 2376184 (SNIP 296934), con un presupuesto de obra de S/ 219 221 630.08 (Doscientos diecinueve millones doscientos veintiún mil seiscientos treinta con 08/100 soles) con fecha de determinación a marzo de 2024, conforme al sustento técnico aportado por la Unidad de Proyectos y su Subunidad de Estudios, cuyos argumentos se encuentran en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Proyectos remita al Comité de Selección la Certificación o Previsión Presupuestal correspondiente, a efectos de proseguir con el procedimiento de selección.
Artículo 3.- Los servidores de la Entidad que han intervenido en la elaboración, evaluación y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico modificado y aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que el presente acto se expide en virtud de la conformidad técnica a la modificación del expediente materia de aprobación, emitida por el Responsable de la Unidad de Proyectos y su Subunidad de Estudios.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Proyectos, previo a la ejecución de la inversión, realice las gestiones para la autorización correspondiente, según normativa vigente.
Artículo 5.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución Directoral y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad de la Unidad de Proyectos, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 6.- Notifíquese la presente Resolución Directoral a la Unidad de Proyectos, para el cumplimiento de sus funciones
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Proyectos remita al Comité de Selección la Certificación o Previsión Presupuestal correspondiente, a efectos de proseguir con el procedimiento de selección.
Artículo 3.- Los servidores de la Entidad que han intervenido en la elaboración, evaluación y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico modificado y aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que el presente acto se expide en virtud de la conformidad técnica a la modificación del expediente materia de aprobación, emitida por el Responsable de la Unidad de Proyectos y su Subunidad de Estudios.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Proyectos, previo a la ejecución de la inversión, realice las gestiones para la autorización correspondiente, según normativa vigente.
Artículo 5.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución Directoral y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad de la Unidad de Proyectos, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 6.- Notifíquese la presente Resolución Directoral a la Unidad de Proyectos, para el cumplimiento de sus funciones