Resolución Directoral N.° 156-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
19 de julio de 2024
Artículo 1.- Aprobar la Liquidación Final (Técnico y Financiero) del Convenio N° 1248-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE - UP N° 017 Caserío Rocoto - Proyecto Huarmaca, del distrito de Huarmaca, provincia Huancabamba, Región Piura, cuyo costo total del Proyecto Liquidado asciende a S/ 1’432,921.60 (Un millón cuatrocientos treinta y dos mil novecientos veintiuno con 60/100 Soles), conforme al detalle descrito en el Formato N° 46, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución, y el Memorando N° 3248-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.1 sustentado en el Informe Técnico
N° 068-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.1.3-ssilupu de la Unidad de Proyectos, el Informe N° 514-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 sustentado en el Informe N° 067-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2-FRBE de la Unidad de Asesoría Legal.
Artículo 2.- Notificar una copia autenticada por fedatario de la Ficha de Aprobación de la Liquidación del Convenio N° 1248-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE - UP N° 017 Caserío Montegrande Bajo - Proyecto Huarmaca, de la presente Resolución y su anexo a la Subunidad de Proyectos Especiales de la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Administración y al Área de Contabilidad, dentro de los cinco (5) días calendario a partir de su expedición, para su registro y/o baja contable, dentro del mismo plazo y para las acciones conducentes al cumplimiento de la normativa que resulte aplicable para la culminación de la liquidación técnica financiera del precitado proyecto, en lo que corresponda a sus respectivas competencias.
Artículo 3.- Precisar que la presente Resolución se expide a mérito de los documentos técnicos de sustento de la Liquidación Financiera y Transferencia de Obras por la Unidad de Proyectos, en el Memorando N° 3248-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.1 de la Unidad de Proyectos, el Informe Técnico
N° 068- 2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.1.3-ssilupu de la Subunidad de Proyectos Especiales, por lo cual, la liquidación aprobada en el artículo primero es de responsabilidad exclusiva de la referida Unidad.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Proyectos, se encargue de insertar copia de la presente Resolución y su anexo, en el expediente del Convenio N° 1248-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE - UP N° 017 Caserío Rocoto - Proyecto Huarmaca.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración gestione la publicación de la presente Resolución y su anexo, dentro del plazo de diez (10) días posteriores a su emisión, en el portal electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de las Normas Reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, aprobada por el Decreto Supremo N° 015-2014- VIVIENDA; así como en el portal electrónico del PNSU.
N° 068-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.1.3-ssilupu de la Unidad de Proyectos, el Informe N° 514-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 sustentado en el Informe N° 067-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2-FRBE de la Unidad de Asesoría Legal.
Artículo 2.- Notificar una copia autenticada por fedatario de la Ficha de Aprobación de la Liquidación del Convenio N° 1248-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE - UP N° 017 Caserío Montegrande Bajo - Proyecto Huarmaca, de la presente Resolución y su anexo a la Subunidad de Proyectos Especiales de la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Administración y al Área de Contabilidad, dentro de los cinco (5) días calendario a partir de su expedición, para su registro y/o baja contable, dentro del mismo plazo y para las acciones conducentes al cumplimiento de la normativa que resulte aplicable para la culminación de la liquidación técnica financiera del precitado proyecto, en lo que corresponda a sus respectivas competencias.
Artículo 3.- Precisar que la presente Resolución se expide a mérito de los documentos técnicos de sustento de la Liquidación Financiera y Transferencia de Obras por la Unidad de Proyectos, en el Memorando N° 3248-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.1 de la Unidad de Proyectos, el Informe Técnico
N° 068- 2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.1.3-ssilupu de la Subunidad de Proyectos Especiales, por lo cual, la liquidación aprobada en el artículo primero es de responsabilidad exclusiva de la referida Unidad.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Proyectos, se encargue de insertar copia de la presente Resolución y su anexo, en el expediente del Convenio N° 1248-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE - UP N° 017 Caserío Rocoto - Proyecto Huarmaca.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración gestione la publicación de la presente Resolución y su anexo, dentro del plazo de diez (10) días posteriores a su emisión, en el portal electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de las Normas Reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, aprobada por el Decreto Supremo N° 015-2014- VIVIENDA; así como en el portal electrónico del PNSU.