Resolución Directoral N.° 147-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
8 de julio de 2024
Artículo 1.- Aprobar administrativamente el Expediente Técnico de las metas priorizadas de los sectores AD-02, AD-04 y AD-07. Etapa II del proyecto de inversión: “Ampliación y mejoramiento de los servicios de agua potable y alcantarillado de la ciudad de Juliaca – Puno”, por el monto de S/ 5 494 200.54 (Cinco millones cuatrocientos noventa y cuatro mil doscientos con 54/100 Soles), conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral y lo sustentado en el Informe N° 042-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/UCPJ, el Informe N° 004- 2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UCPJ-aito, el Informe N° 963-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.1, el Informe Técnico Nº 007-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.1.1 e Informe Nº 1084- 2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.1.1, el Informe N° 477-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 y el Informe N° 00000059-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UAL-paparicio, los mismos que forman parte integrante del presente acto en calidad de anexos.
Artículo 2.- Excluir del expediente técnico aprobado mediante Resolución Directoral N° 123- 2021-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, las metas priorizadas que componen el expediente técnico aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral.
Artículo 3.- Disponer que la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) Juliaca, realice oportunamente las gestiones pertinentes para la modificación del expediente técnico aprobado mediante Resolución Directoral N° 123-2021-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, a fin de integrar en este los respectivos cambios aprobados por la presente Resolución Directoral.
Artículo 4.- Precisar que los servidores de la Entidad que han intervenido en la elaboración, evaluación y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico objeto del artículo 1 de la presente Resolución Directoral, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que el presente acto resolutivo se expide en virtud de la conformidad técnica emitida por la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) Juliaca.
Artículo 5.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Directoral y sus antecedentes técnicos y administrativos, queden bajo custodia y responsabilidad de la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) Juliaca, quien tiene a su cargo su debida ejecución.
Artículo 6.- Notifíquese la presente Resolución Directoral a la Unidad Coordinadora del Proyecto UCP Juliaca, para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 2.- Excluir del expediente técnico aprobado mediante Resolución Directoral N° 123- 2021-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, las metas priorizadas que componen el expediente técnico aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral.
Artículo 3.- Disponer que la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) Juliaca, realice oportunamente las gestiones pertinentes para la modificación del expediente técnico aprobado mediante Resolución Directoral N° 123-2021-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, a fin de integrar en este los respectivos cambios aprobados por la presente Resolución Directoral.
Artículo 4.- Precisar que los servidores de la Entidad que han intervenido en la elaboración, evaluación y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico objeto del artículo 1 de la presente Resolución Directoral, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que el presente acto resolutivo se expide en virtud de la conformidad técnica emitida por la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) Juliaca.
Artículo 5.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Directoral y sus antecedentes técnicos y administrativos, queden bajo custodia y responsabilidad de la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) Juliaca, quien tiene a su cargo su debida ejecución.
Artículo 6.- Notifíquese la presente Resolución Directoral a la Unidad Coordinadora del Proyecto UCP Juliaca, para el cumplimiento de sus funciones.