Resolución Directoral N.° 091-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
8 de mayo de 2024
Artículo 1°. – APROBAR administrativamente el Expediente Técnico de Prestación Adicional de Obra N° 01 y Deductivo Vinculante N° 01 de la Obra “Rehabilitación del Pozo Subterráneo denominado Lishner Tudela, distrito de Tumbes, departamento de Tumbes”, con CUI 2561403, del Contrato N° 070-2023/VIVIENDA/ VMCS/PNSU, cuyo presupuesto de la Prestación Adicional de Obra Nº 01 asciende a S/ 789 602.76 (Setecientos ochenta y nueve mil seiscientos dos con 76/100 Soles), con una incidencia de 22.60% y un Deductivo Vinculante N°01 que asciende a S/ 497 285.71 (Cuatrocientos noventa y siete mil doscientos ochenta y cinco con 71/100 Soles), con una incidencia 14.23% del monto del contrato original; con una incidencia acumulada que equivale al 12.81% del monto del contrato original; de conformidad con lo manifestado en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°. – Los servidores que han intervenido en la elaboración, evaluación, revisión y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico aprobado en el artículo 1° de la presente resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de aprobación, emitida por la Coordinadora General Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS;
Artículo 3°.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad del Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 4°.- Notifíquese copia de la presente Resolución Directoral a la Unidad de Administración, al Área de Abastecimiento y Control Patrimonial y al Equipo Especial Encargado de la Reconstrucción con Cambios – EERCS, al supervisor de la obra y al Contratista para los fines correspondientes, así como para el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa aplicable, como consecuencia de la aprobación efectuada en la presente.
Artículo 2°. – Los servidores que han intervenido en la elaboración, evaluación, revisión y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico aprobado en el artículo 1° de la presente resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de aprobación, emitida por la Coordinadora General Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS;
Artículo 3°.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad del Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 4°.- Notifíquese copia de la presente Resolución Directoral a la Unidad de Administración, al Área de Abastecimiento y Control Patrimonial y al Equipo Especial Encargado de la Reconstrucción con Cambios – EERCS, al supervisor de la obra y al Contratista para los fines correspondientes, así como para el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa aplicable, como consecuencia de la aprobación efectuada en la presente.