Resolución Directoral N.° 047-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
19 de marzo de 2024
Artículo 1.- Declarar procedente la solicitud de beneficio de defensa y asesoría legal formulada por el señor Ronald Humberto Medina Bedoya, servidor del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, durante la etapa de investigación fiscal y judicial, de ser el caso; al habérsele iniciado una investigación por el supuesto delito contra la administración pública –peculado doloso, retardo injustificado, abuso de autoridad y omisión de funciones y otros en agravio del Estado, promovido por la Primera Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima – Quinto Despacho – Carpeta Fiscal N° 506015505-2017-481-0, por hechos que se habrían desarrollado durante el ejercicio de sus funciones.
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Administración adopte las acciones pertinentes para la contratación y ejecución de los gastos respectivos, en virtud de la defensa legal concedida en el artículo que antecede, conforme al marco de sus competencias, la normatividad de la materia y a los fundamentos expuestos en los considerados de la presente Resolución.
Artículo 3.- De conformidad con el Informe Técnico N° 684-2018-SERVIR/GPGSC de fecha 03 de mayo de 2018, emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil, la emisión de la presente Resolución no implica la aprobación de la propuesta económica de los servicios de defensa presentada por el solicitante, la cual estará sujeta a la disponibilidad presupuestal de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Administración realice la notificación de la presente Resolución al señor Ronald Humberto Medina Bedoya.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración difunda los alcances de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Administración adopte las acciones pertinentes para la contratación y ejecución de los gastos respectivos, en virtud de la defensa legal concedida en el artículo que antecede, conforme al marco de sus competencias, la normatividad de la materia y a los fundamentos expuestos en los considerados de la presente Resolución.
Artículo 3.- De conformidad con el Informe Técnico N° 684-2018-SERVIR/GPGSC de fecha 03 de mayo de 2018, emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil, la emisión de la presente Resolución no implica la aprobación de la propuesta económica de los servicios de defensa presentada por el solicitante, la cual estará sujeta a la disponibilidad presupuestal de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Administración realice la notificación de la presente Resolución al señor Ronald Humberto Medina Bedoya.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración difunda los alcances de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.