Resolución Directoral N.° 016-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0

25 de enero de 2024

 Artículo 1.- Crear la Unidad Funcional para la continuidad del PIRCC en Saneamiento, cuya finalidad es coadyuvar con la operatividad, sostenibilidad y continuidad de la ejecución de las intervenciones previstas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios – PIRCC en Saneamiento, hasta su culminación y/o liquidación.

Artículo 2.- La Unidad Funcional para la continuidad del PIRCC en Saneamiento depende directamente de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano y tiene bajo su responsabilidad las siguientes funciones:

a) Gestionar la implementación de los componentes del PIRCC en materia de saneamiento de competencia del MVCS, bajo la conducción PNSU.
b) Ejecutar las intervenciones previstas en el PIRCC relacionadas a Saneamiento hasta su culminación y/o liquidación.
c) Coordinar la programación del presupuesto y las acciones administrativas necesarias, a fin de acceder a toda la información técnica que requiera el PNSU, para la implementación de los componentes del PIRCC con los órganos, unidades formuladoras o ejecutoras de inversión competentes del MVCS y sus programas, según corresponda.
d) Elaborar propuestas para la actualización o modificación de El Plan.
e) Coordinar con organismos y/o entidades públicas las acciones que coadyuven al cumplimiento de su objetivo.
f) Gestionar con los órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos a MVCS las acciones necesarias para la implementación de El Plan, cuando corresponda.
g) Monitorear, coordinar y efectuar seguimiento de los procesos de contrataciones que se requieran en el Plan en el marco de las leyes vigentes en materia de contrataciones.
h) Realizar el seguimiento a Ia ejecución física, financiera, técnica y administrativa de los contratos suscritos por los órganos encargados de la implementación de El Plan, así como recomendar las acciones preventivas y correctivas del caso.
i) Informar periódicamente a el/la Director/a Ejecutivo/a del PNSU sobre la implementación de las intervenciones de reconstrucción mediante inversiones y actividades en materia de saneamiento, desarrolladas en el marco de El Plan.
j) Otras funciones que le asigne el/la Director/a Ejecutivo/a del PNSU.

Artículo 3.-
La Unidad Funcional para la continuidad del PIRCC en Saneamiento estará a cargo de un Coordinador, a quien se asignará las funciones mediante disposición de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución para conocimiento, a las Unidades y a las Áreas del Programa Nacional de Saneamiento Urbano. Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración difunda los alcances de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Urbano. 

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