Resolución Directoral N.° 015-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0

24 de enero de 2024

Artículo 1.- Aprobar la Liquidación Final (Técnico y Financiero) del Convenio N° 1249-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU – NE en la Unidad Productora N° 15- Caserío Unión Rocoto, del distrito de Huarmaca, provincia Huancabamba, Región Piura, cuyo costo total del Proyecto Liquidado asciende a S/ 1 308 435.07 (Un millón trescientos ocho mil cuatrocientos treinta y cinco con 07/100 Soles), conforme al detalle descrito en el Formato N° 46, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.-
Notificar una copia autenticada por fedatario de la Ficha de Aprobación de la Liquidación del Convenio N° 1249-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU – NE, de la presente Resolución y su anexo al Área de Proyectos Especiales de la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Administración y al Área de Contabilidad, dentro de los (5) días calendario a partir de su expedición, para su registro y/o baja contable, dentro del mismo plazo y para las acciones conducentes al cumplimiento de la normativa que resulte aplicable para la culminación de la liquidación técnica financiera del precitado proyecto, en lo que corresponda a sus respectivas competencias.

Artículo 3.-
Precisar que la presente Resolución se expide a mérito de los documentos técnicos de sustento de la Liquidación Financiera y Transferencia de Obras por la Unidad de Proyectos, en el Memorando N° 229-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU, sustentado en el Informe N° 088-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.1.3 e Informe Técnico N° 03-2024/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/4.1.3-ssilupu del Área de Proyectos Especiales, y el Informe N° 235-2023/VMCS/PNSU/ UP/4.1.3-mvigo de la Coordinadora Técnica Regional del PNSU en Huarmaca, por lo cual, la liquidación aprobada en el artículo primero es de responsabilidad exclusiva de la referida Unidad.

Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Proyectos, se encargue de insertar copia de la presente Resolución y su anexo, en el expediente del Convenio N° 1249-2015/VIVIENDA/ VMCS/PNSU – NE - UP N° 15- Caserío Unión Rocoto.

Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración gestione la publicación de la presente Resolución y su anexo, dentro del plazo de diez (10) días posteriores a su emisión, en el portal electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de las Normas Reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, aprobadas por el Decreto Supremo N° 015-2014- VIVIENDA; así como en el portal electrónico del PNSU.

Documentos

Vista preliminar de documento RD 015-2024

RD 015-2024

PDF
1.4 MB