Resolución Directoral N.° 229-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0

25 de setiembre de 2023

Artículo 1.- Aprobar la Liquidación Final (Técnico y Financiero) del Convenio N° 1237-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU – NE en la Unidad Productora
N° 35- Caserío Sauce de Porcuya, del Distrito de Huarmaca, Provincia Huancabamba, Región Piura, cuyo costo total del Proyecto Liquidado asciende
a S/ 1 241 083.34 (Un millón doscientos cuarenta y un mil ochenta y tres con 34/100 Soles), conforme al detalle descrito en el Formato N° 46, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Notificar una copia autenticada por fedatario de la Ficha de Aprobación de la Liquidación del Convenio
N° 1237-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU – NE, de la presente Resolución y su anexo al Área de Proyectos Especiales de la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Administración y al Área de Contabilidad, dentro de los (5) días calendario a partir de su expedición, para su registro y/o baja contable, dentro del mismo plazo y para las acciones conducentes al cumplimiento de la normativa que resulte aplicable para la culminación de la liquidación técnica financiera del precitado proyecto, en lo que corresponda a sus respectivas competencias.

Artículo 3.- Precisar que la presente Resolución se expide a mérito de los documentos técnicos de sustento de la Liquidación Financiera y Transferencia de Obras por la Unidad de Proyectos, en el Memorando N° 3616-2023-VIVIENDA/VMCS/PNSU, sustentado en el Informe N° 1294-2023-VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.1.3 e Informe Técnico N° 129-2022/VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.1.3-ssilupu del Área de Proyectos Especiales, y el Informe N° 211-2023/VMCS/PNSU/UP/4.1.3-mvigo de la Coordinadora Técnica Regional del PNSU en Huarmaca, por lo cual, la liquidación aprobada en el artículo primero es de responsabilidad exclusiva de la
referida Unidad.

Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Proyectos, se encargue de insertar copia de la presente Resolución y su anexo, en el expediente del Convenio N° 1237-
2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU – NE - Unidad Productora N° 35- Caserío Sauce de Porcuya.

Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración gestione la publicación de la presente Resolución y su anexo, dentro del plazo de diez (10) días posteriores a su emisión, en el portal electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de las Normas Reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, aprobadas por el Decreto Supremo N° 015-2014-VIVIENDA; así como en el portal electrónico del PNSU.
Vista preliminar de documento RD 229-2023

RD 229-2023

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