Resolución Directoral N.° 224-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
19 de setiembre de 2023
Artículo 1.- APROBAR administrativamente el Expediente Técnico de la Prestación Adicional de Obra N° 03 por la suma de S/ 854 723.62 (Ochocientos cincuenta y cuatro mil setecientos veintitrés con 62/100Soles) que equivale al 4.51% del monto contractual y su Deductivo Vinculado por la suma de
S/ 359 938.14 (Trecientos cincuenta y nueve mil novecientos treinta y ocho con 14/100 Soles) que equivale al (-) 1.90% al Contrato
N° 24 2022/VIVIENDA/VMCS/PNSU, representando ambos una incidencia acumulada de 5.28% monto del contrato original; de conformidad con lo manifestado en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los servidores que han intervenido en la elaboración, evaluación, revisión y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico aprobado en el artículo 1° de la presente resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de aprobación, emitido por el Coordinador General Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS.
Artículo 3.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad del Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 4.- Notifíquese la presente Resolución al Consorcio Huankita (integrado por R & M BIOCOSNTRUCCIONES S.A.C., KIBE CONSTRUCCIONES GENERALES S.A.C y BETA KONCRET S.A.C.), al Consorcio Supervisor 70 (integrado por COZAQUI INGENIEROS S.A.C y B & V CONSULTORES Y EJECUTORES S.R.L.); así como, a la Unidad de Administración, al Área de Abastecimiento y Control Patrimonial y al Equipo Especial Encargado de la Reconstrucción con Cambios – EERCS, para los fines correspondientes, así como para el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa aplicable, como consecuencia de la aprobación efectuada en la presente.
S/ 359 938.14 (Trecientos cincuenta y nueve mil novecientos treinta y ocho con 14/100 Soles) que equivale al (-) 1.90% al Contrato
N° 24 2022/VIVIENDA/VMCS/PNSU, representando ambos una incidencia acumulada de 5.28% monto del contrato original; de conformidad con lo manifestado en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los servidores que han intervenido en la elaboración, evaluación, revisión y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico aprobado en el artículo 1° de la presente resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de aprobación, emitido por el Coordinador General Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS.
Artículo 3.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad del Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 4.- Notifíquese la presente Resolución al Consorcio Huankita (integrado por R & M BIOCOSNTRUCCIONES S.A.C., KIBE CONSTRUCCIONES GENERALES S.A.C y BETA KONCRET S.A.C.), al Consorcio Supervisor 70 (integrado por COZAQUI INGENIEROS S.A.C y B & V CONSULTORES Y EJECUTORES S.R.L.); así como, a la Unidad de Administración, al Área de Abastecimiento y Control Patrimonial y al Equipo Especial Encargado de la Reconstrucción con Cambios – EERCS, para los fines correspondientes, así como para el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa aplicable, como consecuencia de la aprobación efectuada en la presente.