Resolución Directoral N.° 187-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.3
9 de agosto de 2023
Artículo 1.- Aprobar Administrativamente el Expediente Técnico del saldo de obra del proyecto: “Renovación de línea de impulsión, abastecimiento de agua, colector secundario y emisario; en el (la) área de influencia de la EPS Emapa Cañete S.A. distrito de San Vicente de Cañete, Provincia de Cañete, departamento de Lima”, con un presupuesto de obra ascendente a S/ 4 951 172,14 (Cuatro millones novecientos cincuenta y un mil ciento setenta y dos y 14/100 Soles), incluidos Gastos Generales, Utilidad e IGV., con fecha de determinación de presupuesto al 17 de mayo de 2023, conforme al sustento contenido en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los profesionales técnicos que han intervenido en la elaboración, evaluación, revisión y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico aprobado en el artículo 1° de la presente resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de aprobación, emitida por el Coordinador General
(e) del Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS.
Artículo 3.- Precisar que la presente Resolución se expide en mérito a los documentos técnicos de sustento del Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS, contenidos en el Memorandos
N° 908 2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0/EERCS, el Informe N° 833-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0/EERCS/CSU y, el Informe
N° 181- 2023/PNSU/EERCS/CSU-aaguirrem, por lo cual el expediente técnico aprobado en el artículo primero precedente, es de responsabilidad exclusiva del referido Equipo Especial.
Artículo 4.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad del Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 5.- Notifíquese la presente resolución al Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS, para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 2.- Los profesionales técnicos que han intervenido en la elaboración, evaluación, revisión y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico aprobado en el artículo 1° de la presente resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de aprobación, emitida por el Coordinador General
(e) del Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS.
Artículo 3.- Precisar que la presente Resolución se expide en mérito a los documentos técnicos de sustento del Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS, contenidos en el Memorandos
N° 908 2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0/EERCS, el Informe N° 833-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0/EERCS/CSU y, el Informe
N° 181- 2023/PNSU/EERCS/CSU-aaguirrem, por lo cual el expediente técnico aprobado en el artículo primero precedente, es de responsabilidad exclusiva del referido Equipo Especial.
Artículo 4.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad del Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 5.- Notifíquese la presente resolución al Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS, para el cumplimiento de sus funciones.