Resolución Directoral N.° 166-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
14 de julio de 2023
Artículo 1.- Declarar procedente la solicitud de beneficio defensa y asesoría legal formulada por el señor Marco Aurelio Zegarra García, Coordinador de Saneamiento Urbano del Equipo Especial Encargado de la Reconstrucción con Cambios del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, durante toda la primera instancia, al haber sido comprendido en el proceso judicial sobre indemnización por daños y perjuicios por un supuesto incumplimiento de contrato, en el Expediente
N° 00757-2023-0-1808-JR-LA-04 que se tramita en el 4° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, por hechos que se habrían desarrollado durante el ejercicio de sus funciones.
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Administración adopte las acciones pertinentes para la contratación y ejecución de los gastos respectivos, en virtud de la defensa legal concedida en el artículo que antecede, conforme al marco de sus competencias, la normatividad de la materia y a los fundamentos expuestos en los considerados de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponerla notificación de la presente Resolución a la parte interesada, así como a la Unidad de Administración del PNSU.
Artículo 4.-Disponer que la Unidad de Administración difunda los alcances de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.
N° 00757-2023-0-1808-JR-LA-04 que se tramita en el 4° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, por hechos que se habrían desarrollado durante el ejercicio de sus funciones.
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Administración adopte las acciones pertinentes para la contratación y ejecución de los gastos respectivos, en virtud de la defensa legal concedida en el artículo que antecede, conforme al marco de sus competencias, la normatividad de la materia y a los fundamentos expuestos en los considerados de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponerla notificación de la presente Resolución a la parte interesada, así como a la Unidad de Administración del PNSU.
Artículo 4.-Disponer que la Unidad de Administración difunda los alcances de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.