Resolución Directoral N.° 117-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
26 de mayo de 2023
Artículo 1.- Delegar, en el Área de Recursos Humanos, las funciones de Integridad Institucional y Oficial de Integridad del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, las mismas que se desempeñan según lo previsto en los numerales 6.2 y 6.3.6. del artículo VI de la Directiva No 001-2019- PCM/SIP “Lineamientos para la implementación de la función de integridad en las entidades de la Administración Pública”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001 - 2019-PCM/SIP.
Artículo 2.- Disponer que el Área de Recursos Humanos, continúe las funciones de implementación de la política de integridad pública y ética institucional conforme a los objetivos estratégicos y acciones previstas en el numeral III del Decreto Supremo N° 044-2018-PCM.
Artículo 3.- El/la Coordinador/a del Área de Recursos Humanos deberá informar trimestralmente, bajo responsabilidad, a la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, sobre el ejercicio y los actos que emita como producto de las facultades y/o funciones
delegadas a través de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguiente al vencimiento de cada trimestre.
Artículo 4.- Notificar la presente Resolución a todas las Unidades y Áreas del Programa Nacional de Saneamiento Urbano; para conocimiento, cumplimiento y fines.
Artículo 2.- Disponer que el Área de Recursos Humanos, continúe las funciones de implementación de la política de integridad pública y ética institucional conforme a los objetivos estratégicos y acciones previstas en el numeral III del Decreto Supremo N° 044-2018-PCM.
Artículo 3.- El/la Coordinador/a del Área de Recursos Humanos deberá informar trimestralmente, bajo responsabilidad, a la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, sobre el ejercicio y los actos que emita como producto de las facultades y/o funciones
delegadas a través de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguiente al vencimiento de cada trimestre.
Artículo 4.- Notificar la presente Resolución a todas las Unidades y Áreas del Programa Nacional de Saneamiento Urbano; para conocimiento, cumplimiento y fines.