Resolución Directoral N.° 083-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
25 de abril de 2023
Artículo 1.- Aprobar Administrativamente el Expediente Técnico de la obra: “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales en 7 Distritos de la Provincia de Tacna - Departamento de Tacna”, con CUI N° 2428087, por el monto total asciende a S/ 349,676,363.00(Trescientos cuarenta y nueve millones seiscientos setenta y seis mil trescientos sesenta y tres con 00/100 Soles) , conforme al sustento contenido en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los servidores que han intervenido en la elaboración, evaluación y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico aprobado en el artículo 1° de la presente resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de aprobación, emitida por la responsable de la Unidad para la Mejora de la Prestación de los Servicios.
Artículo 3.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad de la Unidad para la Mejora de la Prestación de los Servicios, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 4.- Notifíquese la presente resolución a la Unidad para la Mejora de la Prestación de los Servicios, para la implementación de las acciones que correspondan en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 2.- Los servidores que han intervenido en la elaboración, evaluación y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico aprobado en el artículo 1° de la presente resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de aprobación, emitida por la responsable de la Unidad para la Mejora de la Prestación de los Servicios.
Artículo 3.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad de la Unidad para la Mejora de la Prestación de los Servicios, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 4.- Notifíquese la presente resolución a la Unidad para la Mejora de la Prestación de los Servicios, para la implementación de las acciones que correspondan en el ámbito de sus respectivas competencias.