Resolución Directoral N.° 057-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
17 de marzo de 2023
Artículo 1.- APROBAR administrativamente la Modificación N° 2 del Expediente Técnico del proyecto “Rehabilitación del servicio de agua potable en la localidad Pallanca, distrito Pueblo Libre, provincia Huaylas, departamento Ancash”, con CUI No 2438506, con presupuesto actualizado que asciende a S/. 201,563.67 (Doscientos un mil quinientos sesenta y tres con 67/100 soles) que incluye el presupuesto que corresponde al deductivo por el monto de S/. 23,248.34 (Veintitrés mil doscientos cuarenta y ocho con 34/100 soles), según lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los servidores que han intervenido en la elaboración, evaluación, revisión y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico modificado en el artículo 1° de la presente resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de aprobación, emitida por el Coordinador General Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS.
Artículo 3.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad del Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 4.- Notifíquese copia de la presente Resolución Directoral a la Unidad de Administración, al Área de Abastecimiento y Control Patrimonial y al Equipo Especial Encargado de la Reconstrucción con Cambios – EERCS, para los fines correspondientes, así como para el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa aplicable, como consecuencia de la modificación efectuada en la presente.
Artículo 5.- Notificar la presente Resolución a la Coordinación General del Equipo Especial para la Reconstrucción con Cambios del sector Saneamiento – EERCS, para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 2.- Los servidores que han intervenido en la elaboración, evaluación, revisión y sustentación de los documentos que componen el Expediente Técnico modificado en el artículo 1° de la presente resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de aprobación, emitida por el Coordinador General Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS.
Artículo 3.- Disponer que el original del expediente técnico a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución y sus antecedentes técnicos y administrativos estén bajo custodia y responsabilidad del Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – EERCS, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención del expediente técnico materia de aprobación.
Artículo 4.- Notifíquese copia de la presente Resolución Directoral a la Unidad de Administración, al Área de Abastecimiento y Control Patrimonial y al Equipo Especial Encargado de la Reconstrucción con Cambios – EERCS, para los fines correspondientes, así como para el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa aplicable, como consecuencia de la modificación efectuada en la presente.
Artículo 5.- Notificar la presente Resolución a la Coordinación General del Equipo Especial para la Reconstrucción con Cambios del sector Saneamiento – EERCS, para el cumplimiento de sus funciones.