Resolución Directoral N.° 124-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSR
10 de julio de 2025
Artículo 1°.- Modificar el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 017-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSR, en los términos siguientes:
“Artículo 1°.- Conformar la Representación Empleadora del Programa Nacional de Saneamiento Rural – PNSR que integrará la Comisión Negociadora encargada de evaluar el proyecto de Convenio Colectivo 2025-2026, presentado por el Sindicato de Trabajadores del Programa Nacional de Saneamiento Rural (SITRASAR); la cual estará integrada por los siguientes:
a) El/La Jefe/a de Unidad de la Unidad de Administración, quien la Presidirá.
b) El/La Jefe/a de Unidad de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto.
c) El/La Coordinador/a de la Sub Unidad de Recursos Humanos.
Asimismo, se designa como representantes alternos a:
d) El/La Coordinador/a de la Sub Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial.
e) El/La Coordinador/a Técnico/a de la Coordinación Técnica.
f) El/La Jefe/a de Unidad de la Unidad Técnica para la Mejora de la Prestación de Servicios.
Los representantes del Programa Nacional de Saneamiento Rural y del Sindicato de Trabajadores del Programa Nacional de Saneamiento Rural (SITRASAR) ejercerán sus funciones y atribuciones en el marco de lo establecido en la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal y en el Decreto Supremo N° 008-2022-PCM, que aprueba lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188; verificando las materias y acuerdos adoptados en la negociación colectiva a nivel
centralizado y que los proyectos de Convenio Colectivo no incluyan materias no negociables.”
“Artículo 1°.- Conformar la Representación Empleadora del Programa Nacional de Saneamiento Rural – PNSR que integrará la Comisión Negociadora encargada de evaluar el proyecto de Convenio Colectivo 2025-2026, presentado por el Sindicato de Trabajadores del Programa Nacional de Saneamiento Rural (SITRASAR); la cual estará integrada por los siguientes:
a) El/La Jefe/a de Unidad de la Unidad de Administración, quien la Presidirá.
b) El/La Jefe/a de Unidad de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto.
c) El/La Coordinador/a de la Sub Unidad de Recursos Humanos.
Asimismo, se designa como representantes alternos a:
d) El/La Coordinador/a de la Sub Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial.
e) El/La Coordinador/a Técnico/a de la Coordinación Técnica.
f) El/La Jefe/a de Unidad de la Unidad Técnica para la Mejora de la Prestación de Servicios.
Los representantes del Programa Nacional de Saneamiento Rural y del Sindicato de Trabajadores del Programa Nacional de Saneamiento Rural (SITRASAR) ejercerán sus funciones y atribuciones en el marco de lo establecido en la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal y en el Decreto Supremo N° 008-2022-PCM, que aprueba lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188; verificando las materias y acuerdos adoptados en la negociación colectiva a nivel
centralizado y que los proyectos de Convenio Colectivo no incluyan materias no negociables.”
Esta norma pertenece al compendio Normas Legales