Resolución Directoral N.° 196-2023-VIVIENDA/VMCS/PNSR
18 de julio de 2023
Artículo 1°.- DELEGAR en el Jefe de Unidad de la Unidad de Administración las facultades administrativas señaladas en el presente documento.
Artículo 2°.- DELEGAR en el Coordinador de Área del Área de Abastecimiento y Control Patrimonial de la Unidad de Administración, las facultades en materia de Contrataciones con el Estado que a continuación se señalan en el citado documento.
Artículo 3°.- DELEGAR en el Jefe de Unidad de la Unidad Técnica de Gestión Territorial las facultades que a continuación se señalan en el citado documento.
Artículo 4°.- DELEGAR en el Jefe de Unidad de la Unidad Técnica de Proyectos las facultades que a continuación se señalan en el citado documento.
Artículo 5°.- DELEGAR en el Jefe de la Unidad Técnica para la Mejora de la Prestación de Servicios, las acciones de seguimiento a las transferencias a los gobiernosregionales y locales, que correspondan.
Artículo 6°.- DELEGAR al Coordinador General del Programa de Agua Potable ySaneamiento para la Amazonía Rural (UGP AMAZONÍA RURAL) y al Coordinador General dela Coordinación General de la Unidad de Gestión del Programa Integral de Agua y SaneamientoRural (UGP PIASAR) las siguientes facultades que deberán ejercerse dentro del marco de losdispositivos legales vigentes y aplicables a las respectivas unidades de gestión.
Artículo 7°.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidadesa que se refiere la presente Resolución, comprenden las atribuciones de decidir y resolver, perono exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso.
Artículo 8°.- Disponer que los/las Jefes/as de Unidad, Coordinadores/as Generales delos Programas y Coordinadores/as de Área informen trimestralmente, bajo responsabilidad, a laDirección Ejecutiva, sobre el ejercicio y los actos que emitan como producto de las facultadesy/o atribuciones delegadas a través de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) primerosdías hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre.
Artículo 2°.- DELEGAR en el Coordinador de Área del Área de Abastecimiento y Control Patrimonial de la Unidad de Administración, las facultades en materia de Contrataciones con el Estado que a continuación se señalan en el citado documento.
Artículo 3°.- DELEGAR en el Jefe de Unidad de la Unidad Técnica de Gestión Territorial las facultades que a continuación se señalan en el citado documento.
Artículo 4°.- DELEGAR en el Jefe de Unidad de la Unidad Técnica de Proyectos las facultades que a continuación se señalan en el citado documento.
Artículo 5°.- DELEGAR en el Jefe de la Unidad Técnica para la Mejora de la Prestación de Servicios, las acciones de seguimiento a las transferencias a los gobiernosregionales y locales, que correspondan.
Artículo 6°.- DELEGAR al Coordinador General del Programa de Agua Potable ySaneamiento para la Amazonía Rural (UGP AMAZONÍA RURAL) y al Coordinador General dela Coordinación General de la Unidad de Gestión del Programa Integral de Agua y SaneamientoRural (UGP PIASAR) las siguientes facultades que deberán ejercerse dentro del marco de losdispositivos legales vigentes y aplicables a las respectivas unidades de gestión.
Artículo 7°.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidadesa que se refiere la presente Resolución, comprenden las atribuciones de decidir y resolver, perono exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso.
Artículo 8°.- Disponer que los/las Jefes/as de Unidad, Coordinadores/as Generales delos Programas y Coordinadores/as de Área informen trimestralmente, bajo responsabilidad, a laDirección Ejecutiva, sobre el ejercicio y los actos que emitan como producto de las facultadesy/o atribuciones delegadas a través de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) primerosdías hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre.
Esta norma pertenece al compendio Normas Legales