Poder Judicial desestima tutela de derechos del expresidente Pedro Castillo por caso ‘autogolpe’

Nota de prensa
Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria emitió resolución que declaró improcedente pretensión del exmandatario.
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5 de febrero de 2024 - 8:30 p. m.

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declaró improcedente la tutela de derechos presentada por la defensa del expresidente Pedro Castillo Terrones, mediante la cual solicitaba el sobreseimiento de la investigación por el delito de rebelión y su inmediata excarcelación del penal de Barbadillo (Ate).

Castillo Terrones argumentó en su pretensión la presunta vulneración al debido proceso y el derecho a la presunción de inocencia, tras cuestionar el acta de intervención policial de su detención el 7 de diciembre del 2022, indicando que no se le comunicaron los hechos y delitos atribuidos, y que su detención no se configura en el marco jurídico de la flagrancia.

Sin embargo, el juez Juan Checkley Soria precisó en su resolución que la detención policial y la detención judicial preliminar ya se cumplieron; y no es pertinente para revertir los alcances de una medida de 18 meses de prisión preventiva con la tutela de derechos.

Durante la audiencia pública del 8 de diciembre del 2022, Castillo Terrones –en presencia de su entonces abogado Aníbal Torres Vásquez– reconoció que tras ser detenido en flagrancia por la Policía se le comunicaron los cargos, que tuvo asistencia de su abogado, que fue advertido que podía abstenerse de declarar, por lo que se declaró la legalidad de la detención policial.

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria concluye que existen vías específicas en el ordenamiento jurídico peruano para efectuar dichos pedidos (sobreseimiento de la causa y el fin de la prisión preventiva) y, además, porque los argumentos que se invocan como sustento fueron planteados anteriormente, de manera reiterada, y ya fueron desestimados.

Castillo Terrones, a través de sus abogados, ha presentado anteriormente tutelas de derecho planteando los mismos cuestionamientos, en agosto y septiembre del 2023.

Asimismo, el 25 de enero de este año la defensa de Castillo Terrones solicitó declarar nulos estos cuestionamientos; sin embargo, la declaración de legalidad de la detención judicial en flagrancia ha quedado firme mediante resolución emitida en última y definitiva instancia por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema.


Lima, 5 de febrero de 2024