Presidenta de Comisión de Gestión Ambiental del Poder Judicial advierte existencia de barreras para adecuada sanción a mineros ilegales

Nota de prensa
Entre las que se encuentra la prórroga en el proceso de formalización de los mineros informales y la variación del texto del artículo 307-A del Código Penal.
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5 de octubre de 2023 - 10:28 a. m.

La presidenta de la Comisión Nacional de Gestión Ambiental del Poder Judicial, Iris Pacheco Huancas, advirtió que el tema de la minería ilegal es un problema multicausal que tiene entre otros un componente social y normativo, en el texto del artículo 307 –A del Código Penal.
La jueza suprema señaló que esta preocupación la hizo llegar a los integrantes de la Comisión de Pueblos Andinos y Amazónicos. Afroperuano de Ambiente y Ecología del Congreso de la Republica, al participar en la Segunda Sesión Extraordinaria, donde presentó a requerimiento de la citada comisión los datos estadísticos de tres delitos: tala ilegal, minería ilegal y tráfico ilícito de drogas que afectan significativamente al medio ambiente en las regiones de la cuenca amazónica y que son de competencia de las Cortes Superiores de San Martín, Loreto, Ucayali, Madre de Dios y Amazonía.
Al respecto, la jueza explicó que el delito de minería ilegal, conforme a la información brindada por la subgerencia de estadística del poder judicial durante el periodo de enero - julio del 2023 ocupa el tercer lugar respecto a los otros delitos, siendo uno de los factores de tal situación el largo proceso de formalización minera que aun continua al haberse dado una nueva prórroga hasta diciembre del 2024.
Es así, que en enero del 2017 se aprobó el Decreto Legislativo 1351 que sanciona solo a los mineros que se encuentren fuera del proceso de formalización minera, por lo que exime de responsabilidad penal a aquellos pequeños mineros y mineros artesanales que se encuentren en proceso de formalización muchos años, explicó
La magistrada detalló que otra barrera que encuentra el sistema de justicia, es la redacción del texto del artículo 307-A de minería ilegal, que señala como conducta punible explotar material metálico y no metálico, es decir las conductas que exige el tipo penal son conjuntas cuando el texto original establecía que se penalizaba a quienes extraían mineral metálico o no metálico, es decir las conductas eran alternativos y no conjuntas.
La jueza suprema señaló que esta preocupación la hizo también llegar en la reunión donde participaron representantes del Ministerio Público, el Ministerio del Interior, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre- SERFOR; entre otras instituciones que participaron en dicha reunión en el Congreso de la República.
La Comisión que preside la jueza suprema Pacheco Huancas Pacheco está orientada a fortalecer dos ejes temáticos: el de la justicia ambiental y el de ecoeficiencia.
El tema de la justicia ambiental está orientada a que los operadores jurídicos (los jueces), el personal y también la comunidad, participen de las distintas actividades académicas que lleva a cabo la comisión, con el objetivo que puedan tener mejores herramientas e instrumentos y de esta manera se contribuye a dar una mejor tutela judicial efectiva en los temas ambientales.

Lima, 5 de octubre del 2023