Coautores de violación grupal pueden ser sancionados hasta con cadena perpetua si víctima es menor
Nota de prensaSeñala, en entrevista, juez penal de la Corte Superior de Lima Omar Ahomed Chávez.


15 de julio de 2023 - 10:48 a. m.
El delito de violación, en su modalidad agravada con concurso de dos o más personas (violación grupal), es castigado con una pena que podría llegar a la cadena perpetua si es que la víctima es un/a menor de edad, de acuerdo al Código Penal.
Así lo sostuvo el juez integrante de la Cuarta Sala Penal del Nuevo Código Procesal Penal de la Corte Superior de Lima Omar Ahomed Chávez.
Referido ilícito, explicó, está previsto en el artículo 170 del Código Penal, que implica cualquier agresión sexual, ya sea por introducción del pene en la vagina, ano o boca, mediante la violencia o amenaza, o en cualquier contexto de coacción que impida a la víctima expresar su consentimiento al acto sexual.
Señaló que el delito de violación está penado en su tipo base con 14 a 20 años de cárcel, en tanto que en su forma agravada con entre 20 y 26 años, que implica que sea cometido por dos o más personas, con armas o amenazas, o por alguien con posición de autoridad o de ascendencia frente a la víctima.
Así, la violación grupal está considerada como una modalidad agravada de violación, y se sanciona con entre 20 y 26 años de cárcel, pero de existir muerte o agresión severa o la víctima es un menor de edad, la sanción puede llegar a cadena perpetua, apuntó.
“No es necesario que cuando se comete una violación entre dos o más personas haya habido violencia o amenaza, basta que se ha producido un entorno en que la víctima no pueda expresar su voluntad o no haya consentido el acto”, remarcó el juez.
COAUTORÍA
Sobre la responsabilidad penal en el caso de violación grupal, el juez sostuvo que cuando hay un concurso de dos o más personas y co-dominio de la acción con distribución de roles, todos reciben la misma pena como coautores.
“Incluso ha habido casos en los cuales a los padres que han tolerado o permitido que sus hijos hayan tolerado la agresión sexual, son calificados por omisión impropia y al no haber cumplido su rol de garantes, cumplen la misma pena del autor”, expresó.
“Incluso ha habido casos en los cuales a los padres que han tolerado o permitido que sus hijos hayan tolerado la agresión sexual, son calificados por omisión impropia y al no haber cumplido su rol de garantes, cumplen la misma pena del autor”, expresó.
El magistrado, de otro lado, fue claro en señalar que, actualmente, la legislación penal contempla que los delitos de violación sexual son de carácter imprescriptibles.
“Se ha dado un cambio de posición, antiguamente si la víctima se casaba con su agresor, se extinguía la acción penal, pero en estos 30 años se han hecho modificaciones y se ha reconocido la igualdad y el respeto a la mujer”, indicó.
“El Poder Judicial mediante sus sentencias ha eliminado esos estereotipos y está en pleno respeto a la dignidad e indemnidad tanto de la mujer y niños”, puntualizó.
Lima, 15 de julio de 2023