Poder Judicial: proceso de extinción de dominio persigue los bienes de procedencia o destinación ilícita
Nota de prensaHasta el momento, el Subsistema de Extinción de Dominio a nivel nacional ha recuperado 245 millones 865 mil 724 nuevos soles.


25 de abril de 2023 - 7:17 p. m.
La titular del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de Lima, Flor Acero Ramos, explicó que el proceso de extinción de dominio es un mecanismo especial que tiene como objetivo perseguir los bienes atribuidos a personas que se encuentran vinculadas a actividades ilícitas, las cuales no cuentan con sentencia.
Explicó que una de sus principales características es la autonomía debido a que no es necesario que exista un proceso penal concluido, como una condena, para que se efectúe el proceso de extinción de dominio.
“La autonomía es su nota característica, esto es que no requiere el resultado de otros procesos para efectos que se active el proceso de extinción de dominio”, detalló.
DOS ETAPAS
En esa misma línea, la jueza explicó que el proceso de extinción de dominio se divide en dos etapas. La primera, denominada indagación patrimonial, está a cargo del Ministerio Público, mientras que la segunda etapa, que es la judicial, se inicia con la interposición de la demanda.
La jueza detalló que una vez admitida la demanda se inicia el acto procesal de emplazamiento, el cual consiste requerir a las partes involucradas respondan la demanda.
Respecto al plazo señaló que este es de 30 días, pero este puede variar si la parte imputada reside en el país o en el extranjero.
Concluido este plazo, la magistrada dijo que el Poder Judicial convoca a una audiencia iniciaria, la cual consiste en la calificación de los medios probatorios.
“Culminado el debate probatorio viene la formulación de los alegatos finales y con ello se da por culminado el trámite del proceso y se entra a la fase resolutiva (sentencia), el cual puede concluir en un plazo de 15 a 30 días hábiles”, estimó.
Finalmente, Acero Ramos señaló que una vez dictada la sentencia las partes pueden apelar el fallo, el cual llegaría a la Sala de Extinción de dominio, quien podría confirmarla o pedir la nulidad de la misma.
Hasta la actualidad, el Subsistema de Extinción de Dominio a nivel nacional ha recuperado 245 millones 865 mil 724 nuevos soles.
Lima, 25 de abril del 2023