Juezas y Jueces Deben Dictar Medidas Cautelares Preventivas Cumpliendo Rigores Que Establece La Ley

Nota de prensa
En Curso Virtual para Periodistas Judiciales, resalta que dictar medidas de coerción no resulta sencillo porque afecta derechos de las personas.

15 de febrero de 2021 - 12:00 a. m.

El juez supremo Iván Sequeiros Vargas destacó que cuando una jueza o juez dicta medidas cautelares penales de carácter preventivo deben hacerlo cumpliendo todos los rigores que establece la Ley.

“No deben afectar de manera irreversible o grave derechos fundamentales, sino que deben ser impuestos cuando son necesarios para el procesamiento de una persona, pues establecer estos criterios no es sencillo y cada decisión trae como consecuencia un debate”, señaló.

Así lo sostuvo durante su ponencia en la octava jornada del “Curso Virtual para Periodistas Judiciales”, promovido por la Presidencia del Poder Judicial, donde expuso el tema: “Medidas de coerción personal y real”.

TIPOS DE MEDIDAS CAUTELARES

Sequeiros Vargas señaló que las medidas cautelares son de dos tipos: de carácter personal (utilizadas para ubicar a la persona frente al proceso y garantizar su presencia en el mismo) y real (dictadas en el caso de que el ciudadano deba resarcir los daños que ha ocasionado con la comisión de un determinado delito).

“Toda persona que resulte sospechosa de la comisión de un delito tiene que concurrir a su procesamiento para establecer si cometió o no el mismo y si amerita una sanción penal; en el caso que haya realizado un hecho ilícito tiene dos opciones: se entrega a la justicia o huye, no hay más”, acotó.

El magistrado destacó que muchas veces un magistrado/a dicta una medida coercitiva ya que no existe otro mecanismo para garantizar que la persona este en el proceso.

Durante su disertación, Sequeiros Vargas explicó uno a uno los tipos de medidas cautelares personales como la citación, prisión preventiva, privación de libertad domiciliaria, sujeción a la vigilancia de una persona o institución, obligación de presentarse ante el juez, prohibición de salir del país, entre otros.

VELAR POR LOS DERECHOS

Al referirse a los derechos fundamentales dijo que los jueces y juezas deben velar los mismos sin hacer ninguna distinción entre imputados, investigados, acusados, agraviados y todas las personas involucradas en un proceso penal.

En ese sentido, destacó que muchas veces la ciudadanía no entiende cabalmente los roles de las instituciones que conforman el sistema de justicia, y por ello creen que actúan inadecuadamente ante un hecho particular.

Sobre el tema de las medidas cautelares reales, dijo que estas están referidas a garantizar el resarcimiento del daño y al pago de la indemnización respectiva como consecuencia de la comisión de un delito.

Al finalizar su ponencia, Sequeiros Vargas sostuvo que el curso para periodistas es de suma transcendencia porque la información que brindan los periodistas a la sociedad no debe ser tergiversada, equivocada ni errada.

“La labor que ustedes tienen es fundamental no solo para el sistema de justicia, sino para todo el comportamiento de las personas en la sociedad, ya que es necesario que las ellas comprendan que comportarse dentro de la Ley es la mejor forma de vivir en sociedad”, resaltó.

Lima, 15 de febrero del 2021