Garantizar una justicia inclusiva para las personas adultas mayores es un reto urgente para el Poder Judicial
Nota de prensaAdvierten consecuencias del edadismo, referido a estereotipos, prejuicios y discriminación contra personas en función de su edad.





17 de setiembre de 2025 - 11:25 a. m.
Uno de los retos más urgentes de nuestra sociedad, y por ende para el Poder Judicial del Perú, es garantizar una justicia inclusiva para las personas adultas mayores, lo cual fue proclamado durante el V Congreso Internacional y Nacional de Acceso a la Justicia de Personas Adultas Mayores, promovido por el Poder Judicial.
Así lo sostuvo la jueza de la Primera Sala Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema e integrante de la Comisión de Acceso a la Justicia, Elvira Álvarez Olazábal, quien inauguró el evento en representación de la titular del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi.
Durante el certamen, llevado a cabo de manera virtual por la plataforma Google Meet, fue analizada la normativa sobre los derechos de las personas adultas mayores y su capacidad jurídica.
Este encuentro tuvo también como propósito fortalecer los conocimientos y capacidades de las juezas, jueces, personal jurisdiccional y administrativo, sobre la protección de los derechos y acceso a la justicia de esta población en condición de vulnerabilidad.
“Nuestras instituciones, y no es ajeno el Poder Judicial, deben compatibilizar el ordenamiento jurídico y adecuar las garantías para que las personas adultas mayores encuentren respuestas, con respeto a su dignidad, a vulneraciones a sus derechos por discriminación de su edad”, afirmó Álvarez Olazábal.
SOBRE EL EDADISMO
La magistrada consideró que el edadismo, referido a estereotipos, prejuicios y discriminación contra personas en función de su edad, es una categorización que va contra la solidaridad intergeneracional y que incluso está asentado en demostraciones a nivel institucional o a nivel interpersonal.
“La dignidad como fundamento del ordenamiento jurídico, tal como lo reconoce la Constitución, es indivisible y permanente y, por lo tanto, la ancianidad o los años que transcurran para las personas adultas mayores no tienen por qué mermar este cumplimiento por parte del Estado”, refirió.
Así, Álvarez Olazábal consideró que la instauración por ley de los instrumentos de apoyo y salvaguardas no debe convertirse en una forma encubierta de sustitución de la voluntad de la persona adulta mayor; entonces, deben orientarse los criterios en la designación de los apoyos.
En su discurso destacó que la participación en el congreso de reconocidas y reconocidos expertos nacionales e internacionales contribuyen a consolidar una cultura judicial “más humana, justa y cercana a quienes históricamente han sido invisibilizados”.
INTERVENCIONES DE ESPECIALISTAS
Como parte del programa, la jueza especializada de familia Teresa Cárdenas Puente estuvo a cargo de desarrollar el tema “Protección reforzada de las personas adultas mayores en el marco del estado social y democrático de derecho”.
Al respecto, indicó que los derechos protegidos de esta población en condición de vulnerabilidad, son a la vida y a la dignidad en la vejez, a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia, libertad personal, igual reconocimiento como persona ante la ley y acceso a la justicia.
Lamentó, no obstante, que las barreras que afectan el ejercicio igualitario de las personas adultas mayores tienen que ver con las geográficas, falta de información, actitudinales y las comunicacionales.
A su vez la doctora en Derecho, Rosalía Mejía Rosasco, expuso sobre la “Capacidad jurídica de las personas adultas mayores y el ejercicio de sus derechos” en que resaltó que la sociedad, en general, presume, de manera discriminatoria, incapacidad de las personas mayores para tomar decisiones.
Alertó de las consecuencias del edadismo que invisibiliza a las personas mayores en las estadísticas oficiales, limita su acceso a servicios de salud y jurídicos, y refuerza prejuicios que debilitan su autonomía.
Consideró, al respecto, que los principios que deben guiar la atención judicial, notarial y de todas las autoridades frente a las personas mayores son: igualdad y no discriminación, respeto a la autonomía como a la voluntad, accesibilidad y participación plena en la vida social y jurídica.
“Los retos en la atención de las personas adultas mayores son abandonar antiguos prejuicios y practicas del edadismo, aceptar la capacidad jurídica como un derecho humano que no admite distinción alguna y se requiere formación en gerontología jurídica, desarrollo de protocolos específicos”, dijo.
ESTADO GARANTE
En tanto, la magíster chilena en Gerontología Social por la Universidad de Valparaíso, Viviana García Ubillo, trató “Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas adultas mayores y su mecanismo de seguimiento”.
Afirmó que para combatir el edadismo es conveniente fortalecer las políticas y las leyes, así como establecer mecanismos de observancia y órganos de seguimiento a nivel nacional e internacional que aseguren la aplicación efectiva de las políticas y leyes que aborden la discriminación y la desigualdad.
“Contamos con un marco internacional y herramientas que promueven y garantizan derechos, el Estado es el garante de esos derechos, el Poder Judicial es el responsable de difundirlos y garantizarlos y la sociedad civil y la academia de defenderlos y hacerlos exigibles”, expresó.
Remarcó que difundir la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores no es solo contar que existen, significa asegurar que esta población conozca sus derechos y que las instituciones comprendan sus obligaciones con ella.
A su turno la directora del Centro de Investigaciones en Derecho de la Vejez (Universidad del Rosario, Argentina), María Isolina Dabove, expuso sobre “La discriminación etaria y sus efectos en la dignidad de las personas mayores”.
Apuntó que una buena pregunta que debemos hacernos del derecho de la vejez es si las diferenciaciones por edad que establece el Derecho es o no correspondiente con el derecho de igualdad y no discriminación.
“Si hay algún argumento o alguna razón que nos alerta en contra de esa diferenciación, entonces podremos inferir que estamos frente a un caso de discriminación, es decir, de diferenciación no fundada”, señaló.
El juez de la Corte de Cusco Edwin Béjar Rojas tuvo a cargo la ponencia “Diferencias entre la interdicción civil y el sistema de apoyos”, en que destacó que el sistema de apoyos conforme a un enfoque de derechos humanos “lo que hace es respetar la dignidad y autodeterminación de la persona adulta mayor”.
No obstante, consideró que para la efectividad de este nuevo sistema es necesario capacitar no solo a los operadores jurídicos sino también a las propias personas adultas mayores para que conozcan sus alcances, sus ventajas la forma como acceder a ellos.
Por su parte, el juez de la Corte de Lima Este, José Iván Saravia Quispe, al abordar “Los alcances de la representación del sistema de apoyo de la persona con discapacidad”, sostuvo que los derechos de las personas mayores son por su naturaleza " derechos universales".
“Los derechos de las personas mayores no son derechos de grupo, ni generacionales, ni segmentarios, y deben recibir el tratamiento de derechos universales”, refirió.
En el cierre de las exposiciones, el profesor de Derecho Civil y Arbitraje Jhoel Chipana Catalán disertó sobre “Desafíos prácticos a luces de lo planteado por el D.L. Nº. 1384”, en que recalcó que cualquier intento de reforma debe pensarse en la necesidad de las personas que son los usuarios finales.
Lima, 17 de setiembre de 2025
Así lo sostuvo la jueza de la Primera Sala Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema e integrante de la Comisión de Acceso a la Justicia, Elvira Álvarez Olazábal, quien inauguró el evento en representación de la titular del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi.
Durante el certamen, llevado a cabo de manera virtual por la plataforma Google Meet, fue analizada la normativa sobre los derechos de las personas adultas mayores y su capacidad jurídica.
Este encuentro tuvo también como propósito fortalecer los conocimientos y capacidades de las juezas, jueces, personal jurisdiccional y administrativo, sobre la protección de los derechos y acceso a la justicia de esta población en condición de vulnerabilidad.
“Nuestras instituciones, y no es ajeno el Poder Judicial, deben compatibilizar el ordenamiento jurídico y adecuar las garantías para que las personas adultas mayores encuentren respuestas, con respeto a su dignidad, a vulneraciones a sus derechos por discriminación de su edad”, afirmó Álvarez Olazábal.
SOBRE EL EDADISMO
La magistrada consideró que el edadismo, referido a estereotipos, prejuicios y discriminación contra personas en función de su edad, es una categorización que va contra la solidaridad intergeneracional y que incluso está asentado en demostraciones a nivel institucional o a nivel interpersonal.
“La dignidad como fundamento del ordenamiento jurídico, tal como lo reconoce la Constitución, es indivisible y permanente y, por lo tanto, la ancianidad o los años que transcurran para las personas adultas mayores no tienen por qué mermar este cumplimiento por parte del Estado”, refirió.
Así, Álvarez Olazábal consideró que la instauración por ley de los instrumentos de apoyo y salvaguardas no debe convertirse en una forma encubierta de sustitución de la voluntad de la persona adulta mayor; entonces, deben orientarse los criterios en la designación de los apoyos.
En su discurso destacó que la participación en el congreso de reconocidas y reconocidos expertos nacionales e internacionales contribuyen a consolidar una cultura judicial “más humana, justa y cercana a quienes históricamente han sido invisibilizados”.
INTERVENCIONES DE ESPECIALISTAS
Como parte del programa, la jueza especializada de familia Teresa Cárdenas Puente estuvo a cargo de desarrollar el tema “Protección reforzada de las personas adultas mayores en el marco del estado social y democrático de derecho”.
Al respecto, indicó que los derechos protegidos de esta población en condición de vulnerabilidad, son a la vida y a la dignidad en la vejez, a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia, libertad personal, igual reconocimiento como persona ante la ley y acceso a la justicia.
Lamentó, no obstante, que las barreras que afectan el ejercicio igualitario de las personas adultas mayores tienen que ver con las geográficas, falta de información, actitudinales y las comunicacionales.
A su vez la doctora en Derecho, Rosalía Mejía Rosasco, expuso sobre la “Capacidad jurídica de las personas adultas mayores y el ejercicio de sus derechos” en que resaltó que la sociedad, en general, presume, de manera discriminatoria, incapacidad de las personas mayores para tomar decisiones.
Alertó de las consecuencias del edadismo que invisibiliza a las personas mayores en las estadísticas oficiales, limita su acceso a servicios de salud y jurídicos, y refuerza prejuicios que debilitan su autonomía.
Consideró, al respecto, que los principios que deben guiar la atención judicial, notarial y de todas las autoridades frente a las personas mayores son: igualdad y no discriminación, respeto a la autonomía como a la voluntad, accesibilidad y participación plena en la vida social y jurídica.
“Los retos en la atención de las personas adultas mayores son abandonar antiguos prejuicios y practicas del edadismo, aceptar la capacidad jurídica como un derecho humano que no admite distinción alguna y se requiere formación en gerontología jurídica, desarrollo de protocolos específicos”, dijo.
ESTADO GARANTE
En tanto, la magíster chilena en Gerontología Social por la Universidad de Valparaíso, Viviana García Ubillo, trató “Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas adultas mayores y su mecanismo de seguimiento”.
Afirmó que para combatir el edadismo es conveniente fortalecer las políticas y las leyes, así como establecer mecanismos de observancia y órganos de seguimiento a nivel nacional e internacional que aseguren la aplicación efectiva de las políticas y leyes que aborden la discriminación y la desigualdad.
“Contamos con un marco internacional y herramientas que promueven y garantizan derechos, el Estado es el garante de esos derechos, el Poder Judicial es el responsable de difundirlos y garantizarlos y la sociedad civil y la academia de defenderlos y hacerlos exigibles”, expresó.
Remarcó que difundir la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores no es solo contar que existen, significa asegurar que esta población conozca sus derechos y que las instituciones comprendan sus obligaciones con ella.
A su turno la directora del Centro de Investigaciones en Derecho de la Vejez (Universidad del Rosario, Argentina), María Isolina Dabove, expuso sobre “La discriminación etaria y sus efectos en la dignidad de las personas mayores”.
Apuntó que una buena pregunta que debemos hacernos del derecho de la vejez es si las diferenciaciones por edad que establece el Derecho es o no correspondiente con el derecho de igualdad y no discriminación.
“Si hay algún argumento o alguna razón que nos alerta en contra de esa diferenciación, entonces podremos inferir que estamos frente a un caso de discriminación, es decir, de diferenciación no fundada”, señaló.
El juez de la Corte de Cusco Edwin Béjar Rojas tuvo a cargo la ponencia “Diferencias entre la interdicción civil y el sistema de apoyos”, en que destacó que el sistema de apoyos conforme a un enfoque de derechos humanos “lo que hace es respetar la dignidad y autodeterminación de la persona adulta mayor”.
No obstante, consideró que para la efectividad de este nuevo sistema es necesario capacitar no solo a los operadores jurídicos sino también a las propias personas adultas mayores para que conozcan sus alcances, sus ventajas la forma como acceder a ellos.
Por su parte, el juez de la Corte de Lima Este, José Iván Saravia Quispe, al abordar “Los alcances de la representación del sistema de apoyo de la persona con discapacidad”, sostuvo que los derechos de las personas mayores son por su naturaleza " derechos universales".
“Los derechos de las personas mayores no son derechos de grupo, ni generacionales, ni segmentarios, y deben recibir el tratamiento de derechos universales”, refirió.
En el cierre de las exposiciones, el profesor de Derecho Civil y Arbitraje Jhoel Chipana Catalán disertó sobre “Desafíos prácticos a luces de lo planteado por el D.L. Nº. 1384”, en que recalcó que cualquier intento de reforma debe pensarse en la necesidad de las personas que son los usuarios finales.
Lima, 17 de setiembre de 2025