Poder Judicial condena a cinco años por hurto agravado a sujeto detenido por flagrancia en la Corte del Santa

Nota de prensa
De acuerdo con las estadísticas, el 90 % de las sentencias fueron emitidas en la primera sesión de audiencia.
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28 de junio de 2025 - 9:25 a. m.

El Poder Judicial, a través de la Unidad de Flagrancia de la Corte del Santa, condenó a cinco años de prisión efectiva a William Arturo Ancajima Ventura, acusado por el delito de hurto agravado, en un tiempo de 72 horas desde que el referido sujeto fue puesto a disposición del juzgado.

Esta decisión judicial fue emitida por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Flagrancia de la Corte Superior del Santa, a cargo de la magistrada Ana Vizcarra Huamán.

Los hechos que originaron este proceso ocurrieron el 15 de junio, cuando el ahora sentenciado sustrajo de un vehículo estacionado en las inmediaciones de una tienda de electrodomésticos dos mochilas que contenían un teléfono móvil, prendas de vestir y artículos de limpieza.

La policía detuvo dos horas después, gracias al GPS del dispositivo robado, a Ancajima Ventura en su vivienda, en la urbanización El Trapecio, donde también se encontraron los bienes sustraídos, y luego lo puso a disposición de la Fiscalía.

El expediente fue ingresado al Poder Judicial, el 17 de junio, a las 11:39 h, y al día siguiente, miércoles 18, a las 15:30 h, se realizó la audiencia de juicio inmediato, y el 20 de junio, la sentencia condenatoria quedó firme y consentida.

Cabe señalar que todo este procedimiento judicial fue realizado con el pleno respeto a las garantías del debido proceso y el derecho a la defensa del ahora condenado.

Ancajima Ventura, con antecedentes penales por robo, fue condenado como autor del delito de hurto agravado, sancionado por el artículo 186, inciso 2, del Código Penal, en agravio de la ciudadana Sulema María Rivera Durán.

En virtud de la condena impuesta, el sentenciado cumplirá la pena efectiva hasta el 14 de junio de 2030.

VALORAR REINCIDENCIA

Con el fin de evitar la prisión, Ancajima Ventura y su abogado solicitaron acogerse a la terminación anticipada del proceso y propusieron que la pena se sustituyera por servicios comunitarios.

Sin embargo, la jueza rechazó la petición debido a que el imputado era reincidente, ya que estuvo encarcelado por el mismo delito hasta septiembre del año pasado.

La respuesta del sistema de flagrancia fue rápida debido a que los operadores (jueces, fiscales, defensa pública y policía) trabajan en un mismo local de manera coordinada, integrada y célere.

Este caso demuestra la potencia operativa del modelo de justicia en flagrancia, instaurado bajo la Ley n.° 32348, y reafirma que el crimen flagrante puede y debe recibir respuesta penal inmediata, firme y eficaz.

NSTITUCIONES

Por ello, en cumplimiento de esta norma, la titular del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, instaló la semana pasada el Consejo Nacional del Sistema Especializado en Flagrancia Delictiva con la asistencia de las autoridades de las instituciones que lo conforman.

Este consejo lo integran los titulares del Poder Judicial, Ministerio Público, los ministerios de Interior, Justicia y Derechos Humanos, Economía y Finanzas, INPE y Policía Nacional.

Hasta la semana pasada, a las 25 unidades de flagrancia existentes en el país habían ingresado 18 mil 507 casos, de los cuales fueron resueltos 16 mil 182, es decir, el 87 %.

Asimismo, el 90 % de las sentencias dictadas fueron emitidas en la primera sesión de audiencia, lo cual refleja la eficiencia y eficacia de este modelo de justicia célere.

Recientemente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en sesión descentralizada realizada en Cusco, acordó habilitar el expediente electrónico en los procesos inmediatos por flagrancia, lo cual contribuirá aun más a resolver estos casos con mayor rapidez.


Lima, 27 de junio de 2025