Tribunal deja al voto apelación a resolución que anuló juicio contra Keiko Fujimori y otros por lavado de activos

Nota de prensa
Fiscal sostuvo que nulidad fue arbitraria mientras que defensa de Fujimori refirió que acusación vulneró derechos de procesados.
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27 de marzo de 2025 - 3:44 p. m.

Tras escuchar a las partes, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional dejó al voto la impugnación a la resolución que anuló el juicio contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori Higuchi, y sus coacusados por lavado de activos y otros ilícitos, la cual dispuso que este proceso retorne a control de acusación.

El tribunal, integrado por los jueces superiores César Sahuanay Calsín (presidente), Rafael Sologuren Anchante y Edgar Medina Salas, señalaron que su decisión sobre presuntos aportes ilícitos a las campañas electorales de Fujimori Higuchi, en el 2011 y 2016, será dada a conocer en el plazo de ley.

El fiscal Rafael Vela Barba argumentó que la nulidad del referido juicio por decisión en mayoría del Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional al extender los efectos de una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) vulnera los principios de legalidad, debido proceso y preclusión de etapas procesales.

Sostuvo que la resolución del TC que anula la acusación fiscal en el extremo que comprende al empresario y dirigente de Fuerza Popular, José Chlimper Ackerman, no estableció interrumpir el proceso contra Fujimori Higuchi y otros, decisión que consideró “arbitraria e inmotivada”.

“El Tribunal Constitucional es homogéneo en su jurisprudencia en que cada caso es particular y no puede otro órgano, de manera automática, extender los efectos de una sentencia, porque cada responsabilidad es individual”, refirió Vela Barba.

Asimismo, el fiscal destacó que los jueces Juana Caballero García y Max Vengoa Valdiglesias, quienes votaron por la nulidad del juicio, “cambiaron su parecer” porque al inicio determinaron que no se justificaba declarar la nulidad de un acto emitido por otro órgano jurisdiccional.

A su vez, la representante de la Procuraduría consideró que el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional debió velar por el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional “según sus propios términos, sin posibilidad de modificación e interpretación”.

Por tanto, solicitó declarar infundado el pedido de aplicar de forma extensiva la sentencia del TC y se disponga la continuación del juicio oral contra Fujimori Higuchi y sus coacusados.

DEFENSAS

A su vez, la abogada de Keiko Fujimori, Giulliana Loza Avalos, expuso que los jueces que emitieron la resolución apelada cumplieron en ser garantes de la ley y del Estado constitucional de Derecho porque la acusación fiscal en este caso no implica vulneración solo de Chlimper, sino de todos los procesados.

Además, refirió que al anularse la acusación contra Chlimper, considerado como “la pieza financiera fundamental” de la presunta organización criminal en este caso, “no es posible mantener la conexidad procesal entre los coacusados, lo que impide continuar este juicio”.

En tanto que el defensor de Jaime Yoshiyama Tanaka, Humberto Abanto Verástegui, señaló que los jueces que votaron en mayoría por la nulidad del referido juicio “detectaron una falla severa en la acusación y calculó las vulneraciones que hacían inviable el juicio”.

Cabe señalar que en la audiencia virtual también intervinieron los abogados de Ana Hertz de Vega, Adriana Tarazona Martínez, Augusto Bedoya Camere, entre otros letrados.


Lima, 27 de marzo de 2025