PJ: Delito de feminicidio no solo implica el asesinato del agresor a su pareja sino también cuando no existe ningún tipo de relación
Nota de prensaJueza Elvia Barrios explicó que está tipificado el delito de feminicidio por conexión, cuya sanción máxima puede ser la cadena perpetua.


6 de diciembre de 2024 - 10:57 a. m.
La jueza suprema titular y presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Elvia Barrios Alvarado, aclaró que el delito de feminicidio no solo se configura y sanciona cuando existe o ha existido una relación de pareja entre la víctima y el victimario, sino, incluso cuando no hay ningún tipo de relación o vínculo entre ambos.
En este extremo, Barrios Alvarado precisó que este tipo de feminicidio es conocido como feminicidio por conexión, el cual consiste o hace referencia al caso de una mujer “en la línea de fuego”, es decir cuando el victimario está agrediendo mortalmente a su pareja e interviene otra mujer resultado también muerta.
En esa línea, la magistrada señaló que hay tres tipos de feminicidios: el feminicidio íntimo, no íntimo y por conexión.
El feminicidio íntimo es cuando existe o ha existido una relación sentimental entre la víctima y el victimario, y este la mata porque no responde a su estereotipo, no responde a su condición de mujer.
Mientras que el feminicidio no íntimo se da cuando, pese a que no existe ningún tipo de relación sentimental entre el agresor y la víctima, el victimario considera que la mujer debe admitir a sus requerimientos, caso contrario reacciona de manera mortal.
En este caso, la magistrada puso como ejemplo el caso Ervi Ágreda, la joven que murió quemada por un excompañero de trabajo al no corresponder a sus requerimientos amorosos.
En estos casos, Barrios Alvarado aclaró que las tres modalidades de feminicidio pueden ser sancionadas con la máxima pena, la cadena perpetua.
“No necesariamente tienen que ser pareja, puede ser que no haya ningún tipo de relación, pero igual van a ser denunciados por el delito de feminicidio y van a recibir una pena severa de acuerdo a las circunstancias que se presente en cada caso, porque hay circunstancias agravantes para el delito”, explicó.
DÍA INTERNACIONAL DE ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Por otro lado, la juez suprema titular recordó que el 25 de noviembre se conmemoró el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, por lo cual hizo un llamado a la reflexión y al papel que vienen realizando las instituciones para fortalecer la lucha de la violencia contra la mujer.
Al respecto, señaló que si bien el Poder Judicial ha realizado acciones para erradicar la violencia contra la mujer, como la creación de juzgados especializados en el tema de la violencia, este avance no ha sido suficiente debido al incremento del número de denuncias.
Explicó que este incremento en el número de denuncias no solo se debería a que la mujer ha tomado conciencia y ya no tiene temor en denunciar, sino también a un problema de salud mental dentro de la población a lo que se suma a la falta de sensibilización de algunos operadores de justicia y del propio Ejecutivo.
En el Sistema Nacional Especializado de Justicia (SNEJ) casi todos los jueces son supernumerarios y son rotados constantemente, eso es una debilidad institucional. A ello se agrega que este sistema solo se ha implementado en 8 distritos judiciales, por lo cual solicitó al Ejecutivo que les otorguen el presupuesto prometido.
Lima, 6 de diciembre del 2024
En este extremo, Barrios Alvarado precisó que este tipo de feminicidio es conocido como feminicidio por conexión, el cual consiste o hace referencia al caso de una mujer “en la línea de fuego”, es decir cuando el victimario está agrediendo mortalmente a su pareja e interviene otra mujer resultado también muerta.
En esa línea, la magistrada señaló que hay tres tipos de feminicidios: el feminicidio íntimo, no íntimo y por conexión.
El feminicidio íntimo es cuando existe o ha existido una relación sentimental entre la víctima y el victimario, y este la mata porque no responde a su estereotipo, no responde a su condición de mujer.
Mientras que el feminicidio no íntimo se da cuando, pese a que no existe ningún tipo de relación sentimental entre el agresor y la víctima, el victimario considera que la mujer debe admitir a sus requerimientos, caso contrario reacciona de manera mortal.
En este caso, la magistrada puso como ejemplo el caso Ervi Ágreda, la joven que murió quemada por un excompañero de trabajo al no corresponder a sus requerimientos amorosos.
En estos casos, Barrios Alvarado aclaró que las tres modalidades de feminicidio pueden ser sancionadas con la máxima pena, la cadena perpetua.
“No necesariamente tienen que ser pareja, puede ser que no haya ningún tipo de relación, pero igual van a ser denunciados por el delito de feminicidio y van a recibir una pena severa de acuerdo a las circunstancias que se presente en cada caso, porque hay circunstancias agravantes para el delito”, explicó.
DÍA INTERNACIONAL DE ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Por otro lado, la juez suprema titular recordó que el 25 de noviembre se conmemoró el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, por lo cual hizo un llamado a la reflexión y al papel que vienen realizando las instituciones para fortalecer la lucha de la violencia contra la mujer.
Al respecto, señaló que si bien el Poder Judicial ha realizado acciones para erradicar la violencia contra la mujer, como la creación de juzgados especializados en el tema de la violencia, este avance no ha sido suficiente debido al incremento del número de denuncias.
Explicó que este incremento en el número de denuncias no solo se debería a que la mujer ha tomado conciencia y ya no tiene temor en denunciar, sino también a un problema de salud mental dentro de la población a lo que se suma a la falta de sensibilización de algunos operadores de justicia y del propio Ejecutivo.
En el Sistema Nacional Especializado de Justicia (SNEJ) casi todos los jueces son supernumerarios y son rotados constantemente, eso es una debilidad institucional. A ello se agrega que este sistema solo se ha implementado en 8 distritos judiciales, por lo cual solicitó al Ejecutivo que les otorguen el presupuesto prometido.
Lima, 6 de diciembre del 2024