Resolución de Consejo Ejecutivo N.° 133-2021-CE-PJ

29 de abril de 2021

SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que el cierre de turno del 8° Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, Distrito Judicial de Lima, establecido mediante Resolución Administrativa N° 000091-2021-CE-PJ, no comprende a las medidas cautelares fuera de proceso; así como a los procesos principales que de ellas se deriven; debiendo ser conocidas por la jueza titular del mencionado órgano jurisdiccional.

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Resolución Administrativa Nro. 133-2021-CE-PJ

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