Resolución de Sala Plena N.° 009-2020-SP-CS-PJ

10 de octubre de 2020

SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RECOMENDAR al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la conversión de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República en Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, teniendo en consideración la sobre carga procesal existente y la viabilidad para una adecuada descarga.

Artículo Segundo.- CERRAR, a partir de la fecha, el turno de las siguientes Salas Supremas, por el periodo de 6 meses:

- Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, debiendo derivarse todos los ingresos que hubieran correspondido a dicha Sala Suprema, a la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.

- Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, debiendo derivarse todos los ingresos que hubieran correspondido a dicha Sala Suprema, a la Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República (antes Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República).

Artículo Tercero.- DISPONER que, a partir de la fecha, todos los expedientes nuevos que hubieran correspondido a la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, serán recibidos por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente la Corte Suprema de Justicia de la República; Sala Suprema que seguirá conociendo los procesos en materia constitucional, contencioso administrativa, revisión judicial de procedimiento coactivo y consultas; y, demás que ha venido conociendo a la fecha.

Artículo Cuarto.- DISPONER que, a partir de la fecha, todos los ingresos nuevos en materia Civil, serán recibidos por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de la Corte Suprema de Justicia de la República, como única Sala Suprema en materia Civil.

Artículo Quinto.- DISPONER que la Tercera Sala Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República y la Cuarta Sala Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República (antes Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República), continuaran conociendo los procesos que tienen en trámite, hasta el 31 de diciembre de 2020, fecha en la cual deberán remitirse los expedientes que queden pendientes a la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente la Corte Suprema de Justicia de la República y a la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente.

Artículo Sexto.- RECOMENDAR al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, que las mesas de partes funcionen por subespecialidad, a partir de la emisión de la presente resolución.

Documentos

Vista preliminar de documento Resolución Administrativa Nro. 009-2020-SP-CS-PJ

Resolución Administrativa Nro. 009-2020-SP-CS-PJ

PDF_
1 MB