Resolución Administrativa N.° 110-2021-CE-PJ

15 de abril de 2021

SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar las acciones establecidas en la Matriz de Riesgos del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la cual tendrá el siguiente texto:"
• CEPJ 01: Establecer un reglamento o protocolo que norme el plazo mínimo entre la recepción de los documentos a ser debatidos y la sesión de Consejo (48 horas)
• CEPJ 02: Establecer un reglamento, Protocolo o documento similar que norme el plazo mínimo para la entrega de expedientes, de acuerdo al tipo de procedimiento, desde que ingresa el expediente al Despacho de Consejero hasta la entrega a la Secretaría General del Consejo Ejecutivo; que incluya el uso de un programa informático de alertas;
• CEPJ 03: Incluye lo siguiente: i) Debatir en sesión de Consejo, cómo debe llevarse a cabo la atención de abogados e investigadores, a fin de estandarizarlo bajo un proceso documentado (lineamientos y/o protocolos de atención), ii) Considerar las disposiciones contenidas en las Resoluciones Administrativas N° 231-2009-CE-PJ, N° 219-201-CE-PJ, N° 044-2013-CE-PJ, N° 233-2013-CE-PJ, N° 301-2014-CE-PJ y/o N° 323-2016-CE-PJ (en relación a entrevistas/ atención a abogados y justiciables), que se consideren más idóneas, para ser aplicadas en al ámbito del Consejo Ejecutivo;
• CEPJ 04: Expedición de una directiva que regule el procedimiento para la creación y funcionamiento de equipos técnicos, comisiones, programas y/o grupos de trabajo, en base a la Ley N° 27658, “Ley del Marco de Modernización de la Gestión del Estado” y el Decreto Supremo N° 054-2008-PCM “Lineamientos de organización del Estado” y que incluya la necesaria intervención de las áreas técnicas.

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RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 110-2021-CE-PJ

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