Resolución Directoral N.° 279-2022-MIDAGRI-PESCS-1601

24 de agosto de 2022

Rectificar a instancia de parte, el Articulo 1º de la Resolución Directoral Nº 134-2022-MIDAGRI-PESCS-1601 solamente en la parte que DICE: 6.4.5.- Los requerimientos de prestaciones de bienes y servicios, u otros; se perfeccionan con la emisión de la orden de compra o de servicios, la que debe contener además la penalidad a imponerse de 3% del monto total contratado, así como el visado de Asesoría Legal, y la Dirección Ejecutiva. - - - 6.4.6.- Las ordenes de compra o de servicios tienen vigencia desde la recepción por el prestador de servicios, sin admitir prueba en contrario, la fecha consignada formalmente en el;
DEBIENDO DECIR: 6.4.5. El contrato se perfecciona con al suscripción de documento que lo contiene según la complejidad de los servicios a ejecutarse. - - 6.4.6. El contrato se puede perfeccionar con la recepción de la orden de compra o de servicios, siempre que el monto del valor estimado no supere las 8 UIT Vigente.
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