Resolución Directoral N.° 042-2022-MIDAGRI-PESCS-1601
8 de febrero de 2022
RECONOCER como CREDITO DEVENGADO la obligación pendiente de pago dispuesta en el articulo quinto de la parte resolutiva del Laudo Arbitral de Derecho en el proceso arbitral tramitado con Exp. N° 1902-302-18, a favor de la Empresa TRANS SUR SERVICIOS GENERALES SAC, por el monto de S/. 4,958.00 (Cuatro Mil Novecientos Cincuenta y Ocho con 00/100 Soles), por concepto de honorarios arbitrales y gastos de secretaria arbitral, por los fundamentos expuestos en el presente acto resolutivo.