Resolución Directoral N.° 015-2022-MIDAGRI-PESCS-1601
17 de enero de 2022
Ratificar a partir del 07 de enero de 2022, en todos los extremos contenidos en la Resolución Directoral N° 0045-2021-MIDAGRI-PESCS-1601, que Resolvió:
Articulo 2°.- APROBAR temporalmente la modificación del horario de trabajo para los servidores del Proyecto Especial Sierra Centro Sur, que realizaran trabajo presencial de acuerdo al siguiente detalle: De Lunes a Viernes desde las 08:00 a.m. hasta las 14:00 p.m.
Articulo 3°.- APROBAR temporalmente a modificación de la jornada ordinaria de trabajo de los servidores del Proyecto Especial Sierra Centro Sur que realizaran trabajo presencial, de acuerdo al siguiente detalle: De Lunes a Viernes por seis horas de trabajo presencial en horarios corrido, siendo las dos horas restantes recuperables, de acuerdo a la medidas que disponga oportunamente la entidad.
Articulo 4°.- PRECISSAR que los servidores que realizan un trabajo mediante la modalidad mixta deberán cumplir la jornada y el horario de entrada y salida dispuesta en los artículos precedentes, cuando realicen el trabajo presencial.
Articulo 5°.- DISPONER a la Oficina de Administración de la Entidad, el seguimiento y monitoreo del cumplimiento del Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del Covid - 19 en el Trabajo PESCS, aprobado con Resolución Directoral N° 026-2021-MIDAGRI-PESCS-1601
Articulo 2°.- APROBAR temporalmente la modificación del horario de trabajo para los servidores del Proyecto Especial Sierra Centro Sur, que realizaran trabajo presencial de acuerdo al siguiente detalle: De Lunes a Viernes desde las 08:00 a.m. hasta las 14:00 p.m.
Articulo 3°.- APROBAR temporalmente a modificación de la jornada ordinaria de trabajo de los servidores del Proyecto Especial Sierra Centro Sur que realizaran trabajo presencial, de acuerdo al siguiente detalle: De Lunes a Viernes por seis horas de trabajo presencial en horarios corrido, siendo las dos horas restantes recuperables, de acuerdo a la medidas que disponga oportunamente la entidad.
Articulo 4°.- PRECISSAR que los servidores que realizan un trabajo mediante la modalidad mixta deberán cumplir la jornada y el horario de entrada y salida dispuesta en los artículos precedentes, cuando realicen el trabajo presencial.
Articulo 5°.- DISPONER a la Oficina de Administración de la Entidad, el seguimiento y monitoreo del cumplimiento del Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del Covid - 19 en el Trabajo PESCS, aprobado con Resolución Directoral N° 026-2021-MIDAGRI-PESCS-1601