Resolución de Gerencia General N.° 046-2026-GG-PERPG/GR.MOQ
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL 046-2026-GG-PERPG/GR-MOQ
20 de febrero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR, con eficacia anticipada al 05 de enero de 2026, la Unidad Funcional de Medio Ambiente, dependiente de la Sub Gerencia de Proyectos y Desarrollo Agrícola del Proyecto Especial Regional de Pasto Grande, con las siguientes funciones:
1. Proponer, formular, ejecutar acciones, planes, programas y proyectos de gestión ambiental vinculados a los proyectos de inversión, conforme a la normativa ambiental vigente.
2. Incorporar el componente ambiental en la formulación, elaboración de expedientes técnicos y ejecución de los proyectos, asegurando la identificación de impactos ambientales y la implementación de medidas de prevención, mitigación, control, compensación y recuperación ambiental.
3. Determinar la necesidad y categoria de los Instrumentos de Gestión Ambiental (IGA) aplicables a cada proyecto y elaborar, revisar o supervisar su elaboración mediante servicios especializados, gestionando su presentación ante la autoridad competente para su evaluación, efectuando el seguimiento correspondiente. hasta su aprobación.
4. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones y compromisos ambientales establecidos en los IGA aprobados, permisos y demás actos administrativos.
5. Realizar el seguimiento y monitoreo ambiental (agua, suelo, aire, ruido, residuos sólidos y otros) de los proyectos conforme a los Estándares de Calidad Ambiental (ECA), Limites Máximos Permisibles (LMP) y demás disposiciones vigentes.
6. Coordinar y atender las acciones de supervisión y fiscalización realizadas por las autoridades competentes, efectuando el seguimiento al cumplimiento de medidas correctivas o disposiciones emitidas.
7. Disponer y administrar de manera eficiente los recursos presupuestales, económicos, financieros, materiales y equipos asignados a la Unidad, asegurando su correcta utilización conforme a la normativa vigente.
8. Emitir y refrendar informes técnicos ambientales en el ámbito de su competencia, así como brindar asistencia técnica a las demás unidades funcionales y mantener actualizado el archivo y registro ambiental de los proyectos, incluyendo IGAS, monitoreos, reportes de cumplimiento y documentación relacionada. 9. Promover la capacitación y sensibilización ambiental del personal, fomentando buenas prácticas ambientales y cultura de prevención.
10. Otras funciones asignadas por la jefatura inmediata, relacionadas con la naturaleza del cargo estructural y/o unidad de organización a la que pertenece.
ARTÍCULO SEGUNDO: ESTABLECER que, mediante memorando y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la vigencia de la presente Resolución, el Sub Gerente de Proyectos y Desarrollo Agrícola designa al Coordinador de la Unidad Funcional de Medio Ambiente, en adición a las funciones que dicho servidor viene desempeñando.
ARTÍCULO TERCERO: REMITIR, copia de la presente Resolución a la Oficina de Administración; Oficina de Asesoría Jurídica; Oficina de Planificación Presupuesto y Modernización; Sub Gerencia de Proyectos y Desarrollo Agrícola para que adopte las acciones que resulten pertinentes; y, la Sub Gerencia de Inversiones para conocimiento y fines.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el portal del Proyecto Especial Regional Pasto Grande (http://www.pastogrande.gob.pe/).
ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR, con eficacia anticipada al 05 de enero de 2026, la Unidad Funcional de Medio Ambiente, dependiente de la Sub Gerencia de Proyectos y Desarrollo Agrícola del Proyecto Especial Regional de Pasto Grande, con las siguientes funciones:
1. Proponer, formular, ejecutar acciones, planes, programas y proyectos de gestión ambiental vinculados a los proyectos de inversión, conforme a la normativa ambiental vigente.
2. Incorporar el componente ambiental en la formulación, elaboración de expedientes técnicos y ejecución de los proyectos, asegurando la identificación de impactos ambientales y la implementación de medidas de prevención, mitigación, control, compensación y recuperación ambiental.
3. Determinar la necesidad y categoria de los Instrumentos de Gestión Ambiental (IGA) aplicables a cada proyecto y elaborar, revisar o supervisar su elaboración mediante servicios especializados, gestionando su presentación ante la autoridad competente para su evaluación, efectuando el seguimiento correspondiente. hasta su aprobación.
4. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones y compromisos ambientales establecidos en los IGA aprobados, permisos y demás actos administrativos.
5. Realizar el seguimiento y monitoreo ambiental (agua, suelo, aire, ruido, residuos sólidos y otros) de los proyectos conforme a los Estándares de Calidad Ambiental (ECA), Limites Máximos Permisibles (LMP) y demás disposiciones vigentes.
6. Coordinar y atender las acciones de supervisión y fiscalización realizadas por las autoridades competentes, efectuando el seguimiento al cumplimiento de medidas correctivas o disposiciones emitidas.
7. Disponer y administrar de manera eficiente los recursos presupuestales, económicos, financieros, materiales y equipos asignados a la Unidad, asegurando su correcta utilización conforme a la normativa vigente.
8. Emitir y refrendar informes técnicos ambientales en el ámbito de su competencia, así como brindar asistencia técnica a las demás unidades funcionales y mantener actualizado el archivo y registro ambiental de los proyectos, incluyendo IGAS, monitoreos, reportes de cumplimiento y documentación relacionada. 9. Promover la capacitación y sensibilización ambiental del personal, fomentando buenas prácticas ambientales y cultura de prevención.
10. Otras funciones asignadas por la jefatura inmediata, relacionadas con la naturaleza del cargo estructural y/o unidad de organización a la que pertenece.
ARTÍCULO SEGUNDO: ESTABLECER que, mediante memorando y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la vigencia de la presente Resolución, el Sub Gerente de Proyectos y Desarrollo Agrícola designa al Coordinador de la Unidad Funcional de Medio Ambiente, en adición a las funciones que dicho servidor viene desempeñando.
ARTÍCULO TERCERO: REMITIR, copia de la presente Resolución a la Oficina de Administración; Oficina de Asesoría Jurídica; Oficina de Planificación Presupuesto y Modernización; Sub Gerencia de Proyectos y Desarrollo Agrícola para que adopte las acciones que resulten pertinentes; y, la Sub Gerencia de Inversiones para conocimiento y fines.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el portal del Proyecto Especial Regional Pasto Grande (http://www.pastogrande.gob.pe/).
