Resolución de Gerencia General N.° 0297-2025-GG-PERPG/GR.MOQ
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL 0297-2025-GG-PERPG-GR-MOQ
23 de octubre de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APRUÉBESE la asignación de FONDO POR ENCARGO INTERNO a nombre del servidor MARCOS MAURO PALOMINO LEON - Residente de Obra, por el monto total de S/. 3,348.35 (TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 35/100 SOLES), con la finalidad de realizar el pago de la obligación puesta a cobro requerida por parte de la Unidad de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua, ello en mérito a la Cédula de Notificación N° 0177-2025-ANA-OA-UEC correspondiente al Expediente N° 1354-2023-ANA-OA-UEC (Resolución N° 04) por el importe de S/. 2,254.79 (DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 79/100 SOLES) y la Cédula de Notificación N° 3303-2025-ANA-OA-UEC correspondiente al Expediente N° 651-2024-ANA-OA-UEC (Resolución N° 04) por el importe de S/. 1,093.56 (UN MIL NOVENTA Y TRES CON 56/100 SOLES), correspondiente a intereses y gastos del procedimiento de uso de agua superficial para pruebas hidráulicas para el componente "Puesta en funcionamiento de la línea de conducción Jaguay Rinconada a Reservorio Lomas de Ilo (63.29km) distrito de Moquegua e Ilo, provincia Mariscal Nieto e Ilo, región Moquegua" por el periodo de tiempo de 20 DÍAS CALENDARIOS, desde la emisión del acto resolutivo; debiendo comprometerse y devengarse de acuerdo a la Certificación de Crédito Presupuestario N° 1660-2025.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPÓNGASE, que el responsable del Fondo por Encargo deberá presentar la rendición de gastos debidamente documentado ante la Oficina de Administración, en un plazo no mayor de TRES (03) DÍAS HÁBILES de concluidas las actividades, materia del presente encargo, ello de conformidad a lo establecido en el literal 6.6.1 de la Directiva N° 008-2023-GG-PERPG-GRM, BAJO APERCIBIMIENTO DE EFECTUARSE EL DESCUENTO EN LA PLANILLA DE REMUNERACIONES.
ARTÍCULO TERCERO: REMÍTASE, copia fedateada y/o certificada de los principales actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios para el deslinde de responsabilidades administrativas, respecto al perjuicio económico ocasionado a la entidad al haber permitido el cobro de intereses por parte de la Autoridad Nacional del Agua a través de un proceso coactivo, los mismos que se encuentran refrendados en la Cédula de Notificación N° 0177-2025-ANA-OA-UEC y Cédula de Notificación N° 3303-2025-ANA-OA-UEC que obran en el presente expediente.
ARTÍCULO CUARTO: REMÍTASE, copia del presente acto resolutivo a la Oficina de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, Sub Gerencia de Inversiones y al interesado, para su conocimiento y fines correspondientes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
