Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 15 6 -2021-DE-COPESCO/GRC
29 de abril de 2021
DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de ampliación de
plazo, por causal de Huelga de Transportista, toques de queda, y Semana Santa,
peticionado por el contratista INDUSTRIAL FAIMSUR COMPAÑÍA S.R.L., en el marco
del Contrato perfeccionado con la Orden de Servicio N° 129-2021-COPESCO/GRC,
derivada del procedimiento de selección de Adjudicación Simplificada Nº 13-2020-
COPESCO /GRC, para la contratación del servicio de fabricación e instalación a todo
costo de tanque isotérmico para almacenamiento de asfalto, para la Obra
"Mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular y peatonal en la urbanización
Velasco Astete, urbanización Hilario Mendivil - Wanchaq - Cusco". Debido a que fue
presentado a destiempo y al no haberse configurado los presupuestos establecidos por
el artículo 158º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
plazo, por causal de Huelga de Transportista, toques de queda, y Semana Santa,
peticionado por el contratista INDUSTRIAL FAIMSUR COMPAÑÍA S.R.L., en el marco
del Contrato perfeccionado con la Orden de Servicio N° 129-2021-COPESCO/GRC,
derivada del procedimiento de selección de Adjudicación Simplificada Nº 13-2020-
COPESCO /GRC, para la contratación del servicio de fabricación e instalación a todo
costo de tanque isotérmico para almacenamiento de asfalto, para la Obra
"Mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular y peatonal en la urbanización
Velasco Astete, urbanización Hilario Mendivil - Wanchaq - Cusco". Debido a que fue
presentado a destiempo y al no haberse configurado los presupuestos establecidos por
el artículo 158º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.