Plan de Desarrollo de Personas - PDP del PEOT para el Año Fiscal 2025
Plan
21 de marzo de 2025
El Plan de Desarrollo de Personas 2025 – PDP al servicio del Proyecto Especial Olmos Tinajones - PEOT, ha sido elaborado por la Unidad de Personal, de acuerdo a la Directiva “Normas para la Gestión del Proceso de Capacitación en las entidades Públicas” aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 141-2016-SERVIR/PE y la “Guía para evaluar la capacitación a nivel de aplicación” aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N°299-2017-SERVIR-PE.
El artículo 10 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que la finalidad del proceso de capacitación es buscar la mejora del desempeño de los/las servidores/as civiles para brindar servicios de calidad a los ciudadanos. El PDP es de vigencia anual y se aprueba mediante resolución del titular de la entidad; dicho esto el PEOT entiende que la capacitación contribuye a mejorar la calidad de los servicios brindados a la ciudadanía y es una estrategia fundamental para alcanzar el logro de los objetivos estratégicos e institucionales, a través de buenos recursos humanos, capacitados. Por esta razón promueve de manera permanente la capacitación de los servidores y servidoras de la entidad.
El Comité de Planificación de la Capacitación, reconformado con RESOLUCION GERENCIAL N° 000049-2025-GR.LAMB/PEOT-GG [515582096 - 24] de 18.02.2025 y con vigencia hasta el año 2026, revisó las capacitaciones de la Matriz del Diagnóstico de Necesidades de Capacitación, el 18 de marzo del 2025, en función a los instrumentos de gestión vigentes, teniendo en cuenta su alineación a las funciones de los/las servidores/as civiles y los objetivos estratégicos del PEOT.
La ejecución del PDP, mediante las actividades de capacitación, garantiza que los servidores y servidoras obtengan conocimientos y habilidades inherentes al puesto que desempeñan, así como fortalecer las habilidades blandas, lo que les va a permitir mejorar actitudes en el puesto que se desempeña y/o en el ambiente laboral.
El artículo 10 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que la finalidad del proceso de capacitación es buscar la mejora del desempeño de los/las servidores/as civiles para brindar servicios de calidad a los ciudadanos. El PDP es de vigencia anual y se aprueba mediante resolución del titular de la entidad; dicho esto el PEOT entiende que la capacitación contribuye a mejorar la calidad de los servicios brindados a la ciudadanía y es una estrategia fundamental para alcanzar el logro de los objetivos estratégicos e institucionales, a través de buenos recursos humanos, capacitados. Por esta razón promueve de manera permanente la capacitación de los servidores y servidoras de la entidad.
El Comité de Planificación de la Capacitación, reconformado con RESOLUCION GERENCIAL N° 000049-2025-GR.LAMB/PEOT-GG [515582096 - 24] de 18.02.2025 y con vigencia hasta el año 2026, revisó las capacitaciones de la Matriz del Diagnóstico de Necesidades de Capacitación, el 18 de marzo del 2025, en función a los instrumentos de gestión vigentes, teniendo en cuenta su alineación a las funciones de los/las servidores/as civiles y los objetivos estratégicos del PEOT.
La ejecución del PDP, mediante las actividades de capacitación, garantiza que los servidores y servidoras obtengan conocimientos y habilidades inherentes al puesto que desempeñan, así como fortalecer las habilidades blandas, lo que les va a permitir mejorar actitudes en el puesto que se desempeña y/o en el ambiente laboral.