Resolución Gerencial N.° 120-2025-GOREMAD-PEMD.2100

3 de diciembre de 2025

Primero.- Resolver, en forma parcial el contrato Nº006-2025-GOREMAD-PEMD-2100, Servicio de alquiler de maquinaria, ITEM 1, Alquiler de motoniveladora, para la obra: "MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL PUERTO PORTILLO-COMUNIDAD DE PORTILLO, DISTRITO DE IBERIA, PROVINCIA DE TAHUAMANU, REGIÓN MADRE DE DIOS", contraído con el Contratista EMPRESA INVER GOLD S.R.L., representado por su Apoderado Sr. Ruben Nína Huarca, el que deriva del Procedimiento de Selección CP ABREVIADO Nº 1-2025-GOREMAD-PEMD-21-2, para la contratación del SERVICIO DE ALQUILER DE MOTONIVELADORA para la obra: "MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL PUERTO PORTILLO-COMUNIDAD DE PORTILLO, DISTRITO DE IBERIA, PROVINCIA DE TAHUAMANU, REGIÓN MADRE DE DIOS" por la causal HECHO SOBREVINIENTE AL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO QUE NO SEA IMPUTABLE A ALGUNA DE LAS PARTES, correspondiente a la cantidad de 16.06 HORAS MAQUINA valorizado y correspondiente al monto de S/ 5,637.06. (CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 06/100 SOLES), de conformidad con el literal e), numeral 68.1 del art. 68 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, de encontrarse en alguno de los supuestos de Resolución de Contrato, LAS PARTES pueden resolver, total o parcialmente, el contrato, literal c) por un hecho sobreviniente al perfeccionamiento del contrato, de supuesto distinto al caso fortuito o fuerza mayor , no imputable a ninguna de las partes, que imposibilité la continuación del contrato, asimismo procederán de acuerdo con lo establecido en el numeral 122.4 art. 122° del Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas Ley N" 32069, Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 144 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución

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