Resolución Directoral N.° 245-2025-MIDAGRI-PEJSIB-DE
16 de setiembre de 2025
APROBAR:
El ADICIONAL DE OBRA Nº 01, por el monto de S/ 565,404.23, el mismo que representa un porcentaje de incidencia parcial de 2.88%, y una incidencia acumulada de -0.29% en relación al monto del contrato original, para ser ejecutado en un plazo de 20 días calendario.
El DEDUCTIVO DE OBRA VINCULANTE Nº 08, por el monto de S/ 84,457.73, como consecuencia de la deducción (no ejecución) de "la partida 01.05.05.01 concreto ciclópeo f'c=100 kg/cm² + 30% PM del expediente técnico y sustituirla por las partidas desagregadas necesarias para la correcta ejecución de los cruces de quebrada".
El ADICIONAL DE OBRA Nº 01, por el monto de S/ 565,404.23, el mismo que representa un porcentaje de incidencia parcial de 2.88%, y una incidencia acumulada de -0.29% en relación al monto del contrato original, para ser ejecutado en un plazo de 20 días calendario.
El DEDUCTIVO DE OBRA VINCULANTE Nº 08, por el monto de S/ 84,457.73, como consecuencia de la deducción (no ejecución) de "la partida 01.05.05.01 concreto ciclópeo f'c=100 kg/cm² + 30% PM del expediente técnico y sustituirla por las partidas desagregadas necesarias para la correcta ejecución de los cruces de quebrada".