Resolución de Gerencia General N.° 091-2015/GRP-PEIHAP

30 de noviembre de 2015

MODIFICAR, el Artículo Tercero de la Resolución Gerencial General Nº 074-2015/GRP-PEIHAP, de fecha 12 de octubre de 2015, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO.- HACER saber que conforme a la liquidación efectuada, el Contratista Consultor tiene un diferencia en contra por pago de impuestos por la suma de S/.38,200.14 (Treinta y Ocho Mil doscientos con 14/100 Nuevos Soles), que corresponde por Impuesto General a las Ventas (IGV), debiendo el Consultor emitir para tal fin la Factura correspondiente por la suma de S/.250,423.15 (Doscientos Cincuenta Mil Cuatrocientos Veintitrés y 15/100 Nuevos Soles), incluido I.GV, conforme se ha detallado en la parte considerativa de la presente Resolución”.
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