Fe de Erratas a la Resolución Gerencial General N° 005-2025/GRP-PEIHAP

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3 de febrero de 2025

PARTE DE CONSIDERANDOS - Antepenúltimo párrafo

DICE:
Que, como se puede evidenciar de los actuados que la solicitud presentada por CONSORCIO ALTO PIURA, sobre Ampliación de Plazo Parcial N° 10 solicitada por el Consorcio Ejecutor Lima Sur, habría ingresado a la Entidad, el día 09 de enero de 2024; por lo tanto la Entidad PEIHAP, tiene plazo para pronunciarse respecto de la referidad solicitud, hasta el día 30 de enero de 2025, tal como lo establece el artículo 198.2 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y sus modificatorias;
DEBE DECIR:
Que, como se puede evidenciar de los actuados que la solicitud presentada por CONSORCIO SUPERVISIÓN ALTO PIURA, sobre Ampliación de Plazo Parcial N° 10 solicitada por el Consorcio Ejecutor Lima Sur, habría ingresado a la Entidad, el día 09 de enero de 2024; por lo tanto la Entidad PEIHAP, tiene plazo para pronunciarse respecto de la referidad solicitud, hasta el día 30 de enero de 2025, tal como lo establece el artículo 198.2 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y sus modificatorias;

PARTE RESOLUTIVA:
DICE:
ARTÍCULO SEGUNDO: AMPLIAR DE OFICIO, el plazo al Contrato N° 005-2023-GRP-PEIHAP, de fecha 28 de diciembre 2023, suscrito por la ENTIDAD y el CONSORCIO ALTO PIURA, sobre la: CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA: PARA LA SUPERVISIÓN DE LA “EJECUCIÓN DEL SALDO DE OBRA DEL SUB COMPONENTE Nº 2: CAMINOS Y ACCESOS, DEL COMPONENTE I: CONSTRUCCIÓN DE LA PRESA TRONERA SUR Y TÚNEL TRASANDINO DEL PROYECTO ESPECIAL DE IRRIGACIÓN E HIDROENERGÉTICO DEL ALTO PIURA”, con la finalidad de MODIFICAR la Cláusula que regula el plazo de ejecución contractual, cuantificada, en Treinta y Dos (32) días calendarios en mérito al artículo primero de la parte resolutiva de la presente resolución, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 158° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y sus modificatorias.
DEBE DECIR:
ARTÍCULO SEGUNDO: AMPLIAR DE OFICIO, el plazo al Contrato N° 005-2023-GRP-PEIHAP, de fecha 28 de diciembre 2023, suscrito por la ENTIDAD y el CONSORCIO SUPERVISIÓN ALTO PIURA, sobre la: CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA: PARA LA SUPERVISIÓN DE LA “EJECUCIÓN DEL SALDO DE OBRA DEL SUB COMPONENTE Nº 2: CAMINOS Y ACCESOS, DEL COMPONENTE I: CONSTRUCCIÓN DE LA PRESA TRONERA SUR Y TÚNEL TRASANDINO DEL PROYECTO ESPECIAL DE IRRIGACIÓN E HIDROENERGÉTICO DEL ALTO PIURA”, con la finalidad de MODIFICAR la Cláusula que regula el plazo de ejecución contractual, cuantificada, en Treinta y Dos (32) días calendarios en mérito al artículo primero de la parte resolutiva de la presente resolución, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 158° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y sus modificatorias.

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