Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 018-2024

DECLARAR LA NULIDAD DE LA ELABORACIÓN DEL EXP TECNICO SHANUSI II

17 de febrero de 2024

DECLARAR la nulidad de Oficio del Proceso de Selección CP Nº 1-2023-PEDAMAALC/CS-1 "SERVICIO DE CONSUL TORIA DE OBRA PARA LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO DEL PROYECTO Nº 2572367 -SHANUSI 11, por la suma de SI 1,005,227.01 (un millón doscientos veintisiete mil y 01/100 Soles); al haberse acreditado la inexistencia de disponibilidad presupuesta! y haberse omitido considerar Estudios básicos de hidráulica fluvial y demás indicados por la Dirección de Inversiones de Infraestructura Hidráulica y Riego-DGIIHR del MIDAGRI, enmarcándose dicha infracción dentro de las causales de nulidad del procedimiento de selección "contravengan normas legales o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normativa aplicable", prevista en el numeral 44.2 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado TUO de la Ley de Contrataciones del Estado, debiendo retrotraerse el mismo a la etapa convocatoria, previa reformulación de los términos de referencia TDR, por lo que el órgano de contrataciones de la entidad deberá realizar el análisis, revisión, evaluación del proceso incluyendo los actos preparatorios, respecto del procedimiento de selección antes citado; y verificar, evaluar de manera integral el contenido del expediente de contratación a efectos de cautelar el cumplimiento de la finalidad publica y reducir la necesidad de su reformulación por errores o deficiencias que repercuten en el proceso de contratación conforme se desprende de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. 

Documentos

Vista preliminar de documento RDE Nº 018-2024-PEDAMAALC-DECLARAR LA NULIDAD DE LA ELABORACIÓN DEL EXP TECNICO SHANUSI II

RDE Nº 018-2024-PEDAMAALC-DECLARAR LA NULIDAD DE LA ELABORACIÓN DEL EXP TECNICO SHANUSI II

PDF
3.4 MB