Resolución Directoral N.° 201-2024-MIDAGRI-PEBLT-DE

6 de noviembre de 2024

APROBAR, la NULIDAD PARCIAL del CONTRATO N°003-2024- MIDAGRI-PEBLT-DE, el cual cuenta con vigencia de dos (2) años, computados desde la suscripción hasta el 6.02.2026; debiendo mantenerse hasta el 31.12.2024; por las consideraciones expuestas, en aplicación del sub-numeral 14.2.4., numeral 14.2., y numeral 14.1., artículo 14 de la Ley 27444: Ley del procedimiento administrativo general; y principio de legalidad, y razonabilidad, tipificados en el artículo IV, Título Preliminar, de la Ley 27444; y principio de eficacia y eficiencia, tipificado en el inciso f), segundo párrafo, artículo 2 de la Ley 30225: Ley de Contrataciones del Estado.
ENCARGAR, a la Unidad de Administración, realizar el impulso administrativo para pago de las rentas adeudadas, con el objeto de reconocer la obligación económica - para evitar el enriquecimiento sin causa - por la utilización del bien inmueble materia del CONTRATO N°003-2024-MIDAGRI-PEBLT-DE. Asimismo, ENCARGAR, al responsable del Órgano de las Contrataciones del Estado, la PROYECCIÓN de la ADENDA N°01 al CONTRATO N°003-2024- MIDAGRI-PEBLT-DE, con el objeto de modificarse la cláusula quinta, el cual establece vigencia de dos (2) años, computados desde la suscripción, hasta el 2.02.2026; debiendo ser el nuevo plazo desde la suscripción, hasta el 31.12.2024.
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