Resolución Gerencial N.° 350-2019-GRSM-PEAM.01.00
2 de octubre de 2019
APROBAR,la segunda ampliación de plazo por 45 días calendario, para la presentación del tercer producto contractual "Informe de clasificación y aprobación del estudio de EVAP por parte del SENACE, debidamente sustentado con la resolución correspondiente", que enmarcado en el artículo 140º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, corresponde al "atraso y/o paralizaciones no imputables al contratista'', ya que las entidades del SENACE, SERNANP y ANA deben emitir opinión técnica al EVAP del proyecto de inversión: "Mejoramiento del servicio de agua en el sistema de riego del canal principal Michuco, distritos de Nueva Cajamarca y San Femando, provincia de Rioja, región San Martín".
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Gerenciales 2019