Ejecutivo declara estado de emergencia en 134 distritos de ocho regiones ante peligro por intensas lluvias

Nota de prensa
Medida tendrá una vigencia de 60 días y contribuirá a la ejecución de acciones inmediatas de reducción del riesgo en zonas expuestas a intensas precipitaciones.
Ejecutivo declara estado de emergencia en 134 distritos de ocho regiones ante peligro por intensas lluvias

Fotos: PCM

Oficina de Prensa e Imagen Institucional

21 de enero de 2026 - 3:26 p. m.

Como parte del compromiso con la protección de la población y sus medios de vida, el Ejecutivo declaró el estado de emergencia en 134 distritos de diversas provincias de las regiones de Áncash, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima, Moquegua, Piura y Tumbes, ante el peligro inminente por intensas precipitaciones pluviales.

La medida tendrá una vigencia de 60 días calendario y permitirá la ejecución de acciones inmediatas orientadas a reducir el riesgo existente, así como a desarrollar labores de respuesta y rehabilitación que correspondan, con el objetivo de salvaguardar la vida y la salud de las personas, además de mitigar los impactos en actividades productivas como la agricultura y la ganadería.

La disposición fue oficializada mediante el Decreto Supremo n.° 005-2026-PCM y comprende distritos que, de acuerdo con los informes técnicos del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), presentan una alta exposición a escenarios de riesgo asociados a lluvias intensas, conforme a la información emitida por entidades especializadas como el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi) y el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (Cenepred).

Según la norma, los gobiernos regionales y locales comprendidos deberán ejecutar las acciones dispuestas con la coordinación técnica y el seguimiento del Indeci, y con la participación de los ministerios de Salud, Educación, Desarrollo Agrario y Riego, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Defensa, Interior, Transportes y Comunicaciones, Energía y Minas, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Desarrollo e Inclusión Social, entre otras entidades públicas y privadas, de acuerdo con sus competencias.

El decreto precisa que las intervenciones deberán mantener relación directa de causalidad con el evento que motiva la declaratoria. Asimismo, se establece que la implementación de las acciones se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.