Poder Ejecutivo culmina marco legal para implementar Ley del Servicio Civil en la administración pública

Nota de prensa

15 de junio de 2014 - 12:00 a. m.

  • En el diario oficial El Peruano se publicaron los últimos tres reglamentos de esta norma que prioriza la meritocracia y las evaluaciones y capacitaciones permanentes orientadas a mejorar el servicio a los ciudadanos 
  • Los dispositivos legales fueron elaborados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil y el Ministerio de Economía y Finanzas
El Poder Ejecutivo culminó el marco legal que permitirá la implementación a nivel nacional de la Ley del Servicio Civil en la Administración Pública con la publicación de tres reglamentos de esta norma en el diario Oficial El Peruano. Dos dispositivos legales referidos al Reglamento General de la Ley y al Régimen Especial para Gobiernos Locales fueron elaborados por la Autoridad Nacional de Servicio Civil y propuestos ante la Presidencia del Consejo de Ministros, mientras que el tercero alusivo al Reglamento de Compensaciones fue preparado por el Ministerio de Economía y Finanzas. El Reglamento General, compuesto por dos libros, contiene los principales lineamientos tanto para los servidores civiles que decidan pasar al nuevo régimen laboral como para todos los trabajadores del Estado. El primer libro, aplicado a todos los servidores civiles, incluidos los sujetos a regímenes laborales normados por los Decretos Legislativos 276, 728 y CAS, establece la capacitación como un mecanismo prioritario para el logro de resultados institucionales y el mejoramiento de capacidades.  De esta manera, se fijan las reglas, incentivos y mecanismos de priorización para acceder a la formación laboral a corto plazo (diplomados) y profesionales a largo plazo (maestrías). EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO LABORAL Y CAPACITACIONES. En cuanto a la evaluación, el reglamento ratifica que los servidores serán evaluados para su desempeño en un cargo específico, descartándose los exámenes escritos de conocimientos. También se introducen las garantías necesarias para que los trabajadores públicos cuenten con información oportuna sobre la evaluación, criterios y metodologías a emplearse. La norma establece que un servidor incurrirá en causal de término de la relación laboral si después de dos evaluaciones (previa capacitación) obtiene la calificación de “rendimiento sujeto a observación”. En relación a su pase al servicio civil, se realizará por medio de un concurso público competitivo, que será convocado por cada institución u organismo estatal, una vez que aprueben el Cuadro de Personal de la Entidad (CPE). Además, dispone que los concursos de los servidores civiles de carrera y servidores de actividades complementarias serán cerrados para servidores del Estado en el 90% de puestos, y abiertos para el 10%. Si un concurso es declarado desierto, el segundo concurso será abierto para cualquier postulante, sea del Estado o no.  Se precisa que los servidores bajo el régimen 1057 o Contrato Administrativo de Servicios (CAS) podrán postular al concurso cerrado si trabajaron en el Estado en algún momento, a partir del 4 de julio de 2013.  Igualmente, se incluye el ejercicio del derecho de sindicación, negociación colectiva de condiciones de trabajo y de  huelga, así como un régimen disciplinario único para los trabajadores del Estado. El libro 2 del Reglamento General se refiere solo a los servidores que decidan pasar voluntariamente al servicio civil, incluyendo la contratación por media jornada, el teletrabajo y los días de libre disponibilidad. Asimismo, se establecen los procesos de selección, el descanso pre y postnatal, el ejercicio de cargos políticos, entre otros. El Reglamento de Gobiernos Locales contiene reglas propias en capacitación, evaluación, derechos colectivos, régimen disciplinario e instrumentos de gestión.  Además, se establecen derechos y obligaciones, incorporación y término del servicio civil, y reglas aplicables a funcionarios públicos, directivos públicos, servidores civiles de carrera, servidores de confianza y servidores de actividades complementarias.  65 ENTIDADES SE PREPARAN PARA LA LEY SERVIR. La Ley del Servicio Civil, aprobada por el Congreso de la República en julio del año pasado, constituye una de las principales reformas del Gobierno peruano.  Esta normativa introduce un régimen de servicio civil basado en la meritocracia, la capacitación y evaluación permanente del personal, con el objetivo de mejorar sus capacidades y lograr un servicio público eficiente. Implica también la modernización de las entidades para alcanzar un servicio de alto nivel. La Autoridad Nacional del Servicio Civil informó que, a la fecha, existen 65 entidades de los gobiernos central, regional y local que vienen trabajando sus instrumentos de gestión (mapeos de puestos y procesos que deben realizarse) para admitir un pase progresivo al nuevo régimen de Servicio Civil. Se estima que el ingreso de las primeras entidades se producirá durante el segundo semestre de 2014. Lima, 15 de junio de 2014 Oficina de Prensa e Imagen Institucional