- Anunció que se publicará un Decreto Supremo que modificará los Reglamentos Nacionales de Tránsito, Administración de Transporte y de Licencias de Conducir.
- Cambios establecen que las empresas de transporte público también son corresponsables por los accidentes.
El presidente del Consejo de Ministros, René Cornejo Díaz, anunció que el Poder Ejecutivo publicará un Decreto Supremo que modificará los Reglamentos Nacionales de Tránsito, Administración de Transporte y de Licencias de Conducir, para asegurar que el transporte público se desenvuelva en el marco de una protección a los ciudadanos y una mejor prestación del servicio.
Sostuvo, luego de la sesión del Consejo de Ministros N° 204, que los cambios en las reglas de tránsito permitirán contar con herramientas más efectivas para asegurar que el transporte público se desenvuelva en el marco de una protección a los ciudadanos y una mejor prestación del servicio.
Al respecto, el ministro de Transportes y Comunicaciones, Carlos Paredes Rodríguez, sostuvo que la finalidad de las modificaciones establecidas por el Ejecutivo es enfrentar de una manera contundente los accidentes de tránsito que vienen ocurriendo a nivel nacional y en particular en las ciudades de Lima y el Callao.
“Estamos introduciendo una figura nueva en el Código de Tránsito, como es la medida preventiva o medida cautelar. Hoy, cada papeleta que se impone, para que se convierta en una sanción firme o consentida, tiene que pasar por un proceso sancionador por las municipalidades provinciales. Estos procedimientos, desafortunadamente, no tienen un lapso de duración, pueden ser indefinidos, hasta el extremo de extinguirse la papeleta impuesta”, señaló.
“Con esta medida preventiva, la Policía Nacional del Perú, tratándose de accidentes de tránsito provocados por infracciones al tránsito, cuando el conductor infractor tenga acumulado hasta 100 puntos, sean firmes o no firmes —es decir sin que se hayan culminado los procesos sancionadores—, podrá retener la licencia de conducir e intervenir el vehículo ingresándolo al depósito para que también quede retenido. Estamos previniendo que un conductor que ya acumuló papeletas deje de seguir causando daño a la sociedad”, recalcó.
PROCESOS DURARÁN TREINTA DÍAS
Paredes Rodríguez anunció una modificatoria para fijar un plazo de 30 días a las municipalidades provinciales para ejecutar los procesos sancionadores durante el cual se podrá retener las licencias y los vehículos. Igualmente se excluirá a los conductores del servicio público de los beneficios de pago anticipado de las multas por papeletas.
En relación al Reglamento Nacional de Transporte, informó que se establecerá que las empresas de transporte público sean corresponsables en los accidentes, y no solo los conductores o los propietarios de los vehículos.
“Si el conductor acumuló 100 puntos, así no estén firmes, no podrá salir a la calle a prestar servicio público de transporte. Los responsables de verificar esta exigencia son las empresas de transporte. En caso de incumplimiento, la norma establece sanciones que van desde 60 días de suspensión de la autorización de transporte a la empresa, 90 días en caso de reiteración y hasta la cancelación de la autorización para operar en la ruta”, recalcó.
Adicionalmente se establecerá una norma referente a la gestión común en transporte en las municipalidades provinciales donde hay continuidad urbana. “En caso que un infractor ocasione un problema por el incumplimiento de una norma en Lima, pero la autorización ha sido recabada en el Callao, por ejemplo, Lima tendrá la obligación de trasladar todo lo actuado a la municipalidad donde la empresa tuvo su autorización para que esta municipalidad obligatoriamente inicie el procedimiento sancionador”, detalló.
Galería Fotográfica
[VFMCflickrShowGallery w=640 h=420 set='72157644248846512']
Lima, 23 de abril de 2014
Oficina de Prensa e Imagen Institucional