Ley de Delitos Informáticos protege derecho a la intimidad y la información personal de los ciudadanos, afirma Jiménez Mayor

Nota de prensa

23 de octubre de 2013 - 12:00 a. m.

  • Jefe del Gabinete negó que norma atente contra la libertad de expresión. 
  • Nueva legislación eleva penas contra la interceptación telefónica, la violación de cualquier tipo de comunicación privada y otros delitos cibernéticos, destacó. 

El presidente del Consejo de Ministros, Juan Jiménez Mayor, afirmó hoy que la Ley de Delitos Informáticos, promulgada por el Poder Ejecutivo, protege el derecho a la intimidad y la información personal de los ciudadanos y que, de ninguna manera, vulnera los principios de la libertad de expresión y de prensa.

Al término de la sesión N° 165 del Consejo de Ministros, señaló que la norma endurece las penas contra la interceptación telefónica, la violación de cualquier tipo de comunicación privada y de cuentas electrónicas y otros delitos cibernéticos, como la clonación de tarjetas y la pornografía infantil.

Asimismo, aclaró que, en ningún extremo, se penaliza la difusión de información, sino el acceso y apropiación ilícita de cuentas electrónicas, información personal y bases de datos de instituciones públicas y privadas.

Jiménez Mayor recordó que el Ejecutivo observó la denominada ‘Ley Mordaza’ que impedía la difusión, al contrario de la nueva legislación que solo ataca a las organizaciones criminales que afectan la intimidad de las personas. “El objetivo de esta norma es penalizar la interceptación, que es una acto ilegal que no solo le está haciendo mucho daño al Estado y a los funcionarios, sino también a muchas personas que se ven afectadas por el espionaje industrial”, expresó.

En ese sentido, destacó que con la implementación de la Ley de Delitos Informáticos la legislación peruana ha entrado a un terreno de la criminalidad en el que se actuaba con impunidad. “Es importante que en el mundo globalizado de hoy nos insertemos en el estándar internacional. Esta ley nos coloca en el estándar de protección de datos, de sistemas de información y de nuestra intimidad y para nada afecta la libertad de expresión, solo busca preservar derechos ciudadanos”, enfatizó.

Cabe indicar que la ley tiene por objeto prevenir y sancionar las conductas ilícitas que afectan los sistemas y datos informáticos y otros bienes jurídicos de relevancia penal, cometidas con el uso de tecnologías de la información o de la comunicación.

De acuerdo con la norma, el que acceda sin autorización a un sistema informático, con vulneración de las medidas de seguridad, recibirá una pena de uno a cuatro años de prisión. En el caso de interceptación de datos informáticos en transmisiones no públicas, la sanción será no menor de tres ni mayor de seis años.

Cuando el delito recaiga en información clasificada como secreta, reservada o confidencial, la pena  será entre cinco y ocho años de cárcel, y cuando comprometa la defensa, seguridad o soberanía nacional, se castigará con una condena de entre ocho y diez años de prisión.

Lima, 23 de octubre de 2013 Oficina de Prensa e Imagen Institucional